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Ministerio de Salud y Protección Social

Estándar de datos de medicamentos

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Estándar de datos de medicamentos

​En esta página encontrará la información relacionada con el cumplimiento de la Resolución 3311 de ​2018.​

  • NUEVO Se publica la Resolución 3311 de 2018 "por el cual se define el estandar de datos de medicamentos de uso humano en Colombia y se dictan otras disposiciones". 
  • Se publican las respuestas a los comentarios realizados al proyecto de Resolución "por el cual se define el estandar de datos de medicamentos de uso humano en Colombia y se dictan otras disposiciones​​". 
  • (14.06.18) Con el fin de dar continuidad con el proceso del cargue inicial del estándar de datos de medicamentos,  se publica la base de datos estandarizada de medicamentos elaborada a partir de los archivos remitidos por los titulares e importadores autorizados en el registro sanitario para consulta por parte de dichos actores. Próximamente se estará dando a conocer el procedimiento para validación y reporte de comentarios. Agradecemos no remitir información a este Ministerio hasta tanto no sea publicado el procedimiento. 
  • Desde el 1 de Junio de 2016 el Ministerio de Salud y Protección Social - MSPS se encuentra realizando la asignación del Identificador Único de Medicamento – IUM, el cual es fundamental para iniciar el tramite de expedición del Registro Sanitario ante INVIMA, tanto para titulares o importadores que soliciten por primera vez o los que requieran autorización de importación de medicamentos vitales no disponibles. Boletín de Prensa No 116 de 2016
  • Para los medicamentos que requieran renovación o modificación, el MSPS informará como se realizará el proceso de estandarización.

  • Todas las solicitudes del IUM deben ser tramitadas a través del Sistema Integral de Información de la Protección Social SISPRO  aplicativo SIDAM.

Para inquietudes generales puede contactarse con:

Mesa de ayuda de primer nivel del SISPRO

Teléfono en Bogotá: (1) 5893750 opción 3 / Línea gratuita nacional: 018000960020 opción 3
Correo electrónico: soportepisis@minsalud.gov.co​
Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.  jornada continua

 Antecedentes estándar de datos​

 

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