¿Qué es el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar?

Es un órgano asesor de la política de explotación, organización, fiscalización y control de la operación de los Juegos de Suerte y Azar del régimen propio, bajo los principios que lo orientan. Está adscrito al Ministerio de la Protección Social.

Los recursos generados por concepto de juegos de suerte y azar, tienen destinación específica a la salud, específicamente, régimen subsidiado. Po tal razón es importante conocer el papel del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar en el monopolio de juegos de suerte y azar.

¿Quiénes lo conforman?

El Artículo 46 de la Ley 643 de 2001 establece que el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar está integrado por:

  • El Ministro de Protección Social, o su delegado, quien lo preside.
  • El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado.
  • Un representante de la Federación Nacional de Gobernadores.
  • Un representante de la Federación Colombiana de los Municipios.
  • Un representante de las organizaciones sindicales de los trabajadores de la Salud Pública designado por los representantes legales de tales organizaciones.
  • Un representante de las asociaciones médicas y paramédicas designado por los representantes legales de tales asociaciones.

A las sesiones del consejo podrá asistir como invitado cuando lo decida el Consejo:

  • El Superintendente Nacional de Salud.
  • El Director Ejecutivo de la Federación Colombiana de Loterías (Fedelco).
  • El Presidente de la Federación Colombiana de Empresarios de Juegos de Azar (Feceazar).
  • El Presidente de Fecoljuegos o su delegado.
  • Un miembro de la Asociación Nacional de Distribuidores de Loterías (Andelote).
  • Los servidores públicos o particulares que invite el consejo, con el fin de ilustrar mejor los temas de su competencia.

¿Cuáles son sus funciones?

  1. Aprobar y expedir los reglamentos y sus modificaciones.
  2. Determinar los porcentajes de las utilidades que las empresas públicas operadoras de juegos de suerte y azar, podrán utilizar como reserva de capitalización y señalar los criterios generales de utilización de las mismas.
  3. Determinar los recursos a ser utilizados como reservas técnicas para el pago de premios.
  4. Autorizar los tipos o modalidades de juegos de suerte y azar extranjeros, que podrán venderse en Colombia, al igual que el régimen de derechos de explotación aplicables a los mismos.
  5. Emitir conceptos con carácter general y abstracto sobre la aplicación e interpretación de la normatividad que rige la actividad monopolizada de los juegos de suerte y azar.

Otros temas de interés

Competencias

Jurisprudencia - Sentencias

Normatividad en diferentes juegos de suerte y azar (juegos localizados, loterías, apuestas permanentes o chances, apuestas en eventos, juegos novedosos, juegos promocionales y rifas).