Omitir los comandos de cinta
Saltar al contenido principal

Ministerio de Salud y Protección Social

Régimen contributivo

Disminuir fuente Restablecer fuente Aumentar fuente Contraste Restablecer contraste

Régimen contributivo

​​¿Qué es el ​régimen contributivo?

El régimen contributivo es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador.

Afiliación en el régimen contributivo

Se deben afiliar en el régimen contributivo, las personas que tienen una vinculación laboral, es decir​, con capacidad de pago, como los trabajadores formales e independientes, los pensionados y sus familias.​ Para tener mayor información sobre los derechos y deberes en el Sistema General de Seguridad Social, consulte las preguntas frecuentes sobre el Aseguramie​nto al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Afiliación colectiva

La afiliación colectiva  es uno de los mecanismos por los cuales los trabajadores independientes se afilian de manera voluntaria, efectúan los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y reportan las novedades a través de un intermediario, quien realiza una gestión grupal ante las administradoras (EPS, AFP, ARL, CCF), para lo cual, esta entidad, debe estar autorizada previamente por el Ministerio de Salud y Protección Social.

​Planilla integrada de liquidación de aportes​

La Planilla Integrada de Liquidación de Ap​ortes -PILA, es una ventanilla virtual que permite el pago integrado de aportes al Sistema  de Seguridad Social Integral y Parafiscales en la  cual los aportantes reportan la información para cada uno de los subsistemas en los que el cotizante está obligado a aportar.  Entidades prestadoras​. Abecé de Pila​. Aclaración de novedades sobre Pila.

¡Noticia! - Aportes a PILA, trabajador independiente
Desde el primero de marzo de 2018, el trabajador independiente que obtiene ingresos al menos por $7.812.420 y su ingreso base de cotización (IBC) equivale a $3.124.968, deberá hacer sus pagos mediante la modalidad de pago electrónico.
Volver al Inicio