Resolución 1197 de 2024
Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el
Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022.
La presente resolución tiene por objeto establecer el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro
de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD), este último como mecanismo para localizar,
caracterizar y certificar a las personas con discapacidad. Para efectos de la valoración multidisciplinaria y del
registro de la información, se tendrá en cuenta el anexo técnico que hace parte integral de la presente
resolución.
Procedimiento de certificación de discapacidad y RLCPD
El procedimiento de certificación de discapacidad corresponde a la valoración clínica multidisciplinaria
simultánea, fundamentado en la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud
(CIF), que permite establecer la existencia de discapacidad, a partir de la identificación de las deficiencias en
funciones y estructuras corporales, incluyendo las psicológicas, las limitaciones en la actividad y las
restricciones en la participación que presenta una persona.
Este procedimiento hace parte del proceso de rehabilitación de las personas con discapacidad y la información
capturada en el marco del mismo, hará parte integral de la historia clínica de la persona valorada. Si, como
resultado del procedimiento de certificación de discapacidad se establece que la persona solicitante presenta
discapacidad, se emite el correspondiente certificado de discapacidad y la información se incorpora directamente
en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.
Dicho procedimiento debe realizarse por los equipos multidisciplinarios para certificación de discapacidad de los
prestadores de servicios de salud autorizados por las secretarías de salud del orden departamental y distrital o
las entidades que hagan sus veces, los cuales estarán conformados por tres (3) profesionales registrados en el
Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad de este Ministerio, cada uno de una disciplina diferente,
donde se incluye un médico general o especialista y dos (2) profesionales de alguna de las siguientes áreas:
fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, psicología, enfermería, optometría o trabajo social. La
valoración por equipo multidisciplinario para certificación de discapacidad podrá realizarse en modalidad
intramural (institucional), extramural (domiciliaria o jornada de salud) o telemedicina.
Concepto de discapacidad
La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno, que evitan su participación
plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. Convención de la ONU, 2006.
Para mayor relación con los términos sobre discapacidad consulte el
glosario.
Concepto de persona con discapacidad
Son aquellas personas que
presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al
interactuar con el entorno, encuentran diversas barreras, que pueden impedir su partici-pación plena y
efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás ciudadanos. (Con-vención de la ONU,
2006, y Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud, OMS,
2002).
Para diciembre de 2019 había en total 1.298.738 Personas con Discapacidad identificadas y localizadas
según el registro oficial del Ministerio de Salud y Protección Social (RLCPD) . Esta cifra equivale al
2,3% de la población total nacional. Para mayor información consulte el boletín de personas con
discapacidad.