Procedimiento de Certificación de Discapacidad
La población con discapacidad del país hoy puede acceder a una valoración médica integral sobre su condición de discapacidad. Los equipos multidisciplinarios de profesionales de la salud de las Instituciones Prestadoras de los Servicios de Salud –IPS– autorizadas por las Secretarías de Salud Departamentales o Distritales, son los encargados de realizar esta función.
El procedimiento está orientado a efectuar simultáneamente en una cita médica tres actividades:
- Un perfil completo de la discapacidad, con base en una herramienta técnica desarrollada por la Organización Mundial de la Salud (OMS): Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF).
- Entregar a la persona con discapacidad el nuevo certificado y Registrar la información en el aplicativo del Ministerio de Salud, denominado Registro para la Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad (RLCPD).
Resolución 113 de 2020
El Ministerio de Salud y Protección Social dio vida al nuevo procedimiento de Certificación de Discapacidad, mediante la Resolución 113 de 2020 “Por la cual se dictan disposiciones en relación con la Certificación de Discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad”.
Esta norma derogó los actos administrativos 583 de 2018 y 246 de 2019, determinó las competencias para los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), la ruta para las personas solicitantes, las fuentes de financiación para las valoraciones clínicas y la expedición de los certificados de discapacidad, así como los usos y restricciones de la información registrada en el RLCPD.
Financiación de la Certificación de Discapacidad
El procedimiento de Certificación de Discapacidad será financiado con:
- Recursos del Presupuesto General de la Nación. El Ministerio de Salud y Protección Social realizará la distribución a los departamentos y distritos en cada vigencia, de acuerdo con la resolución que se expida para tal efecto y atendiendo a los criterios de asignación establecidos en la Resolución 1043 de 2020, acto administrativo que complementa la Resolución 113 de 2020.
- Las entidades territoriales también podrán destinar recursos propios, así como presentar proyectos de regalías para fortalecer el procedimiento de Certificación de Discapacidad.
- Cooperación internacional o fuentes similares.
Criterios de asignación y distribución de recursos
Las entidades territoriales del orden departamental y distrital deberán certificar mediante documento suscrito por el secretario o director de salud, el cumplimiento de los criterios establecidos en la Resolución 1043 de 2020 referidos a:
1. Contar con IPS que hayan manifestado su intención de realizar las valoraciones para certificación de discapacidad, sobre las que se ha constatado que cuentan con:
- Al menos un equipo multidisciplinario para realizar el procedimiento, conformado por tres (3) profesionales de disciplinas diferentes incluido el profesional de medicina, registrados en el Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad de este Ministerio.
- Servicios habilitados en: Medicina, Enfermería, Fisioterapia, Terapia Ocupacional, Fonoaudiología, Optometría o Psicología, de acuerdo con las disciplinas que compongan el (los) equipo (s) multidisciplinario (s).
- Apoyos y ajustes razonables de acuerdo con las necesidades de los solicitantes y sus categorías de discapacidad.
- Infraestructura técnica, tecnológica y administrativa para el reporte de la información resultante de la valoración par certificación de discapacidad en el aplicativo del RLCPD, tales como: talento humano, computadores y conectividad, entre otros factores.
- Capacidad para realizar mínimo 10 valoraciones para certificación de discapacidad a la semana, considerando que se requieren 40 minutos para realizar cada una.
2. Contar con equipo técnico de apoyo, profesionales o auxiliares para implementar el procedimiento de certificación de discapacidad, así como para realizar el reporte y el soporte de la ejecución de los recursos asignados.
Nota. Para que los profesionales puedan ser parte de los equipos multidisciplinarios para certificación de discapacidad, además de estar registrados en Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad de este Ministerio, deben estar inscritos en el Registro de Talento Humano en Salud -RETHUS en el caso de los profesionales de la salud, y -ante el Consejo Nacional de Trabajo Social, en el caso de los profesionales en Trabajo Social.
Alistamiento de las entidades territoriales
El nuevo procedimiento de Certificación de Discapacidad exige a las entidades territoriales y en particular a las Secretarías de Salud, un proceso de alistamiento administrativo y operativo. El ajuste incluye entre otros aspectos:
- Verificar que los profesionales de la salud cumplan los requisitos establecidos por el Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad.
- Asegurar que las IPS de su jurisdicción conformen los equipos multidisciplinarios de salud.
- Autorizar a las IPS de su jurisdicción para expedir los Certificados de Discapacidad.
- Disponer la logística y el personal humano para dar tránsito a la atención de las personas con discapacidad.
- Certificar por escrito el cumplimiento de los criterios para las IPS y para las entidades territoriales establecidos en la Resolución 1043 de 2020.
Proceso de complementación del talento humano en salud sobre certificación de discapacidad
Con el objeto apropiar los elementos conceptuales, normativos y procedimentales necesarios para la implementación del procedimiento de certificación y registro de discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 113 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social, desarrolla procesos de complementación del Talento Humano en Salud de las disciplinas de Medicina, Fisioterapia, Terapia Ocupacional, Fonoaudiología, Psicología, Optometría, Enfermería y Trabajo Social, estipulados en el artículo 5 de la Resolución 113 de 2020.
En este sentido, se permite informar que los procesos GRATUITOS de formación avalados son:
INFORMACIÓN DEL CURSO | ENTIDAD |
Formación virtual: COMPLEMENTARIA VIRTUAL EN CERTIFICACION DE DISCAPACIDAD Y EL REGISTRO PARA LOCALIZACION Y CARACTERIZACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Ruta de ingreso: requiere pre-inscripción con Ministerio de salud y protección social | SENA
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Formación presencial/videoconferencia: Proceso de complementación del Talento Humano en Salud sobre Certificación de Discapacidad y Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. Ruta de ingreso: Curso a demanda por las Entidades Territoriales de Salud. | Ministerio de Salud y Protección Social
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Nota: desde el 2018 hasta la fecha se han realizado dos procesos de formación en alianza con la Universidad Nacional de Colombia, avalados por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Directorio Nacional de Certificadores
El Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad -DNC- es una base de datos del Ministerio de Salud y Protección Social que presenta los datos de identificación, localización y contacto de los profesionales de la salud y los trabajadores sociales que han aprobado un proceso de formación o complementación del talento humano como certificadores de discapacidad, en el marco de lo dispuesto en el Manual Técnico de Certificación y Registro de Discapacidad, que hace parte integral de la Resolución 113 de 2020 de este Ministerio.
La finalidad del Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad -DNC- es facilitar a los actores con responsabilidades en la implementación del procedimiento de certificación de discapacidad, la consulta del cumplimiento de este requisito por parte de los profesionales, para la conformación de los equipos multidisciplinarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Resolución 113 de 2020 de este Ministerio.
El registro de los profesionales en el Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad -DNC- por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, se realiza con base en:
- Los listados de aprobación de la formación o complementación del talento humano, reportados y remitidos por el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- (formación) o la entidad que la realice (con el aval del Ministerio de Salud y Protección Social), o por el mismo Ministerio en el caso de la complementación.
- El formato de autorización de tratamiento de datos personales debidamente diligenciado por los profesionales al momento de preinscribirse para el curso virtual en certificación de discapacidad desarrollado por el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA (formación) o la entidad que la realice (con el aval del Ministerio de Salud y Protección Social), o el entregado en las jornadas de complementación desarrolladas por el Ministerio.
La búsqueda en el Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad se realiza por el número de documento de identidad del profesional y el sistema arroja como verificación los siguientes datos:
- Primer nombre
- Primer apellido
- Profesión
- Municipio de residencia
El Directorio será actualizado periódicamente y puede ser consultado en este enlace: