El Ministerio realiza seguimiento a la gestión territorial e institucional que se requiere para garantizar el acceso, atención y el cumplimiento de los mandatos y ordenes dirigidas a las víctimas del conflicto armado, a través del reporte de atenciones realizadas por los equipos psicosociales en territorio y el reporte de las secretarias de salud sobre las actividades relacionadas con los programas de atención a víctimas del conflicto armado, incluidas en los planes territoriales y su ejecución.
Mediante la herramienta informática PAPSIVI, se suministra información que permite dar respuesta a los diferentes requerimientos, conocer los avances en el Goce Efectivo de Derechos y medir la gestión territorial, además medir el avance en la implementación de las medidas de asistencia integral en salud y la rehabilitación física, mental y psicosocial a víctimas, y brindar insumos para evaluar los resultados de la implementación de las medidas de atención integral en salud y atención psicosocial a personas víctimas.
Proceso
Identificación Registro Único de Víctimas (RUV) y bases datos de Otras víctimas identificadas
UARIV, Corte IDH, CIDH, Tribunales de Restitución de Tierras, Tribunales de Justicia y Paz.
Atención Psicosocial Reporte del acercamiento, atenciones psicosociales y cierre
(Aplicativo PAPSIVI)
Profesionales psicosociales y Entidad territorial
Orientación a otros servicios
(Aplicativo PAPSIVI) Ministerio de Salud y Protección Social y Entidad territorial
Afiliación al SGSSS Base de Datos Única de Afiliados (BDUA)
EPS y Entidad Territorial
Plan de atención en salud integral Reporte del plan de atención y seguimiento a las barreras de acceso
(Aplicativo PAPSIVI)
Enlaces psicosociales de las IPS y ESE
Atención en salud integral Registro Individual de Prestaciones de Servicios de salud (RIPS)
IPS y ESE
El Ministerio de Salud y Protección Social desarrolló el aplicativo PAPSIVI, que permite el registro, seguimiento y monitoreo a la atención en salud psicosocial brindada a la población víctima del conflicto armado, de acuerdo a lo establecido en el protocolo de atención integral en salud con enfoque psicosocial. Decreto reglamentario 4800 de 2011, artículo 90.