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Ministerio de Salud y Protección Social

MinSalud establece criterios, condiciones y plazos para la compra directa de cartera a IPS

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 MinSalud establece criterios, condiciones y plazos para la compra directa de cartera a IPS

Ministerio de Salud y Protección Social > MinSalud establece criterios, condiciones y plazos para la compra directa de cartera a IPS
10/09/2013
 
Boletín de Prensa No 299 de 2013


- Los recursos destinados para este fin, ascienden a $130.000 millones de pesos y beneficiarán a las IPS que estén en el Registro Especial de Prestadores.
 
 
Bogotá, septiembre 10 de 2013.- Mediante la Resolución 3239, el Ministerio de Salud y Protección Social reglamentó el procedimiento, los criterios, las condiciones y los plazos para la compra directa de cartera a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías del Fosyga y su posterior pago por parte de las EPS de los Regímenes Subsidiado y Contributivo y las Cajas de Compensación Familiar que administren este último régimen.
 
La medida beneficia a los prestadores de servicios de salud públicos y privados que se encuentren debidamente registrados ante el Registro Especial de Prestadores como IPS y que registren una cartera reconocida por venta de servicios de salud con las EPS del Régimen Contributivo y/o Subsidiado, conforme a los criterios señalados en esta Resolución.
 
Inicialmente para este proceso de Compra de Cartera los recursos destinados para tal fin ascienden a $130.000 millones de pesos. Tras la compra de la cartera, las EPS deberán pagar el valor de la deuda en cuotas fijas mensuales, de acuerdo con el plazo que ellas soliciten, que no puede exceder los 12 (doce) meses, contados a partir de la fecha de desembolso.
 
Esta norma hace parte de las medidas que el Gobierno Nacional tiene como mecanismo para la generación de liquidez y pago de deudas entre los diferentes actores del Sistema de Seguridad Social en Salud y se expidió en el marco del Artículo 9 de la Ley 1608 de 2013.
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