Todo lo que necesita saber sobre afiliación al sistema de salud en el siguiente video:
El componente de atención Integral en Salud se encuentra definido en el Protocolo de Atención Integral en Salud con Enfoque Psicosocial, contemplado en el artículo 88 del Decreto 4800 de 2011, el cual tiene como objeto "establecer los lineamientos y rutas de acceso para la atención integral en salud con enfoque psicosocial, a las personas víctimas del conflicto armado en Colombia, que deberán ser implementados por los actores del SGSSS, en cumplimiento de las directrices del programa de atención psicosocial y salud integral a las víctimas del conflicto armado –PAPSIVI".
En ese sentido, los procesos de atención en salud a desarrollar por los integrantes del SGSSS, incluirán las medidas adoptadas por el Ministerio de Salud y Protección Social - MSPS en el PAPSIVI, para la atención integral en salud física y mental con enfoque psicosocial y diferencial a las víctimas del conflicto armado. Para la atención integral en salud a las personas víctimas del conflicto armado concurrirán los diferentes actores del SGSSS (Direcciones Territoriales de Salud -DTS, Entidades Administradoras de Planes de Beneficios – EAPB, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS, entre otros), quienes en forma coordinada, brindarán la atención en salud a esta población, teniendo en cuenta, las particularidades de algunos grupos especiales, por su alta vulnerabilidad o por padecer otros hechos victimizantes en el marco del conflicto armado.
Documentos de interés:
Protocolo de Atención Integral en Salud con enfoque Psicosocial a Víctimas del Conflicto Armado