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Ministerio de Salud y Protección Social

Prestadores de servicios de salud en Colombia podrían migrar de forma progresiva al reporte automático de información RIPS, Factura Electrónica de Venta FEV en salud

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 Prestadores de servicios de salud en Colombia podrían migrar de forma progresiva al reporte automático de información RIPS, Factura Electrónica de Venta FEV en salud

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Según un proyecto de resolución de Minsalud, se establecería un espacio de implementación gradual de este reporte, el cual es vital para controlar las finanzas y la transparencia de la facturación entre los diferentes participantes del sector salud en el país.

16/09/2024
Boletín de Prensa No 116-2024



Bogotá D.C., 16 de septiembre de 2024. El Ministerio de Salud y Protección Social publicó para comentarios, un proyecto modificatorio que busca implementar la Resolución 2275 de 2023, por medio de la cual se expidió la resolución única reglamentaria del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud - RIPS, soporte de la Factura Electrónica de Venta -FEV en salud. 

El documento plantea la implementación gradual y progresiva de este estándar de información (RIPS-FEV) en cuanto a estructura, contenido y relación de los datos. El inicio de la transmisión del conjunto de datos en este nuevo flujo de la información, desde los PSS hacia el mecanismo único de validación del Ministerio como parte del proceso para que el PSS adelante su radicación ante las EPS y demás pagadores, iniciaría - según el proyecto- dividiéndose a los obligados a su cumplimiento en 3 grupos según la complejidad de los servicios habilitados: 

  1. Los primeros 858 prestadores con servicios de alta complejidad, habilitados y activos en REPS al 2 de sept-24, según el listado publicado por el Ministerio, tendrían que reportar desde el próximo 1 de octubre de 2024.

  2. El segundo grupo de PSS de mediana complejidad iniciaría su reporte desde el 1 de febrero de 2025

  3. El tercer grupo de PSS de baja complejidad, profesionales independientes no obligados a FEV en salud, EOSD y PTS, tendría su turno de iniciar reporte desde el 1 de abril de 2025. 

El Ministerio de Salud y Protección Social habilitó un enlace en su página oficial, para que las instituciones de salud puedan conocer el borrador del proyecto, su fecha de inicio de operación y otras disposiciones. Para mayor información, consultar aquí

Tras la publicación del proyecto, el pasado miércoles 11 de septiembre de 2024, se puso a disposición de la ciudadanía un formulario web, para que allí se puedan consignar todas las observaciones de los interesados sobre el documento. Dicho enlace estará activo hasta las 4:00 p.m. del viernes 20 de septiembre de 2024. Este es el enlace:
https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=OuG3v7d_FkCDDNNxbo3YuDdCSY-83xRCnXvlL75TyWZUM1RKUjhVVjVGM01TWE01NlIzNjBJWEJQMS4u 

De otro lado, el Minsalud publicó el listado oficial de prestadores de servicios de salud (PSS), donde los interesados podrán consultar a cuál de los tres grupos pertenecen, y cuando deben iniciar su reporte: Este es el enlace: 

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/OT/listado-pss-reps-2024.zip 

Listado de PTS:

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/OT/listado-pts-obligados-reportar-fev-rips.zip

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