- El Ministerio respeta y acata la decisión judicial, porque lo que prima es la salud y la atención de ella.
Bogotá, D.C., 18 de noviembre de 2014.- El Ministerio de Salud y Protección Social respeta y acata la decisión adoptada por el Juzgado Veintiocho Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, en relación con la tutela presentada por la paciente Sandy Camila Abuabara Franco.
En esta decisión, el juez determinó:
a. Que procede la protección de los derechos fundamentales de Camila Abuabara con la finalidad de que sea trasladada a Colombia para recibir el trasplante que necesita en las condiciones definidas por el médico tratante.
En este sentido, el Juez ordenó a la EPS Sanitas “que en el término improrrogable de 48 horas siguientes a la notificación del presente fallo, autorice y proporcione TRATAMIENTO INTEGRAL respecto a la patología de Leucemia Linfoblástica Aguda a SANDY CAMILA ABUABARA FRANCO, entre ellos la prestación del servicio logístico a ella, su acompañante y su donante que es el hermano, como también tratamiento médico especializado y asistencial que se requiera, conforme a historia clínica y ordenes de los médicos tratantes”.
b. Que de conformidad con la evidencia científica no existe diferencia en los resultados que pueden esperarse del procedimiento en Estados Unidos o Colombia, pues en el país hay capacidad médica para realizar el trasplante solicitado.
Consideró el Juez que las “estadísticas mundiales y regionales, donde resaltan de manera positiva que en el territorio colombiano se [puede realizar] este tipo de procedimientos con profesionales idóneos, igual a los de MD Cáncer Center Houston, [lo cual] lleva a concluir que las probabilidades de asimilación del trasplante en Colombia y en Estados Unidos son las mismas.”
c. Que la EPS Sánitas queda facultada para recobrar al Fondo de solidaridad y garantía en salud (Fosyga), pero sólo en relación con los servicios no cubiertos en el Plan obligatorio de salud (POS).
d. Finalmente, consideró que en la parte resolutiva que “el Ministerio de Salud y Protección a la fecha no ha violado ni puesto en peligro la salud y vida de SANDY CAMILA ABUABARA FRANCO.
El Ministerio considera de la mayor importancia que se mantenga la protección de los derechos fundamentales de Camila Abuabara y se garantice el acceso integral a la atención que requiere para el tratamiento de su enfermedad.
Para ello, esta entidad y la Superintendencia Nacional de Salud velarán para que se dé cabal cumplimiento de la orden judicial por parte de la EPS Sanitas y la paciente pueda, por lo tanto, acceder a los servicios que necesita de conformidad con lo dispuesto por su médico tratante, en condiciones de calidad y oportunidad.