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Ministerio de Salud y Protección Social

Quedó en firme declaratoria de interés público del Dolutegravir

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 Quedó en firme declaratoria de interés público del Dolutegravir

Ministerio de Salud y Protección Social > Quedó en firme declaratoria de interés público del Dolutegravir

​Se inicia ahora en cabeza de la Superintendencia de Industria y Comercio el proceso de otorgamiento de la licencia obligatoria, que permitirá el acceso de las personas que viven con VIH a la alternativa farmacológica de primera línea recomendada por la OMS.

14/12/2023
Boletín de Prensa No 295 de 2023

Bogotá, D.C. diciembre 14 de 2023. En el marco de la conmemoración del Día Mundial contra el VIH/Sida, el pasado primero de diciembre, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió las Resoluciones 2022, 2023 y 2024 del año 2023, en las cuales desestimó los argumentos expuestos en los recursos de reposición interpuestos por Viiv Healthcare Company, Shionogi & Co., LDT y Glaxosmithkline Colombia S.A, Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación y Desarrollo – AFIDRO y Reyes y Reyes Abogados, en contra de la Resolución 1579 de 2023.

De esta manera, quedó en firme la Resolución 1579 de 2023, mediante la cual se declaró la existencia de razones de interés público para someter la patente 07115501A del medicamento Dolutegravir a licencia obligatoria en la modalidad de uso público no comercial (uso gubernamental).

Se inicia ahora en cabeza de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) el proceso de otorgamiento de la mencionada licencia, que permitirá el acceso de las personas que viven con VIH en Colombia a la alternativa farmacológica de primera línea recomendada por la Organización Mundial de la Salud y la Guía de Práctica Clínica de VIH en Colombia[1]. La razón de esta recomendación se basa en que tiene menos efectos adversos y menor riesgo de generar resistencia. De acuerdo con el análisis realizado por el Comité Técnico, se estima que el tratamiento anual con Dolutegravir (TIVICAY® 50 mg) por paciente, bajo el precio reportado en el SISMED, tendría un costo de $4.818.894 frente al ofrecido por la OPS con un costo anual de $173.893, lo que implica una diferencia de $ 4.645.001 con lo cual se podría atender a 27 personas más que con la molécula comercial.

Así las cosas, con esta declaratoria se avanza en la materialización del derecho a la salud de la población residente en Colombia, permitiendo un acceso equitativo a tratamientos esenciales como parte del conjunto de actividades que está realizando el Ministerio de Salud y Protección Social para lograr una respuesta efectiva frente al VIH/SIDA, garantizando el total respeto de la autonomía médica.  El Sistema de Salud Colombiano atenderá con este medicamento a la población residente en el país, especialmente, a los siguientes grupos, independientemente de su ubicación geográfica o capacidad económica: 

  • Población migrante venezolana (regular e irregular)
  • Personas que viven con VIH recién diagnosticadas
  • Personas con falla virológica
  • Personas que requieren profilaxis post exposición que, según la evidencia y análisis presentados por el Ministerio de Salud y Protección Social, requerirán en primera medida el Dolutegravir, para así evitar un impacto mayor en el comportamiento de la epidemia a nivel nacional. 
     

    La equidad en la salud es un derecho humano básico que todos debemos respaldar.


[1] Guía de Práctica Clínica (GPC) basada en la evidencia científica para la atención de la infección por VIH/SIDA en personas adultas, gestantes y adolescentes, Colombia 2021.

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