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Ministerio de Salud y Protección Social

Atención PSS de alta complejidad: el 01 de febrero de 2025 entra en vigor el Mecanismo Único de Validación (MUV) y el envío del RIPS como soporte de la factura electrónica de venta (FEV) en salud

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 Atención PSS de alta complejidad: el 01 de febrero de 2025 entra en vigor el Mecanismo Único de Validación (MUV) y el envío del RIPS como soporte de la factura electrónica de venta (FEV) en salud

Ministerio de Salud y Protección Social > Atención PSS de alta complejidad: el 01 de febrero de 2025 entra en vigor el Mecanismo Único de Validación (MUV) y el envío del RIPS como soporte de la factura electrónica de venta (FEV) en salud

​A partir del 1 de octubre de 2024, se aprobó un período de implementación gradual, adaptado a la complejidad institucional de los prestadores, con el objetivo de facilitar la transición hacia este nuevo modelo.

29/11/2024
Boletín de Prensa No 166-2024

Bogotá D.C., 29 de noviembre de 2024. Tras publicar en septiembre un proyecto de modificación y resolver los comentarios recibidos, el Ministerio de Salud y Protección Social aprobó el 1 de octubre de 2024 la Resolución 1884 de 2024, que modifica la Resolución 2275 de 2023. Esta norma establece la implementación del Mecanismo Único de Validación (MUV) y el uso del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) como soporte de la factura electrónica de venta (FEV) en salud.

Este nuevo modelo, eficiente y moderno, facilitará los procesos, garantizará la transparencia y optimizará el flujo de recursos en el sector salud.

¿Por qué es importante implementar el MUV y RIPS FEV?

El inicio de la transmisión del conjunto de datos FEV-RIPS para su validación en el Ministerio de Salud, que se da desde los PSS/PTS hacia las, EPS y demás pagadores, se dividió en tres grupos:

  • Los primeros 858 prestadores con servicios de alta complejidad (Grupo 1), habilitados y activos en REPS, comenzaron a reportar desde el pasado 01 de octubre de 2024 y tendrán plazo para apropiar el MUV hasta el 1 de febrero de 2025.

  • El segundo grupo de PSS mediana complejidad (Grupo 2) iniciará su reporte desde el 1 de febrero de 2025, momento en el que será obligatorio iniciar operación ante el MUV con fecha límite para hacerlo el 1 de abril de 2025.

  • El tercer grupo que incluye los PSS de baja complejidad, los profesionales independientes no obligados a FEV en salud, las entidades con objeto social diferente y los PTS (Grupo 3), tendrá su turno de iniciar reporte desde el 1 de abril de 2025, y la fecha límite para hacerlo será 1 de junio de 2025.

Cabe resaltar que esta nueva estructura es más ágil y precisa, lo que ayuda a reducir errores en la facturación, garantizar la validación oportuna y mejorar la relación con pagadores y otros actores del sistema. Esta transición asegura también que las entidades cumplan con los estándares, sin afectar la prestación de servicios, ni el flujo financiero.

Apoyo logístico y tecnológico desde el ministerio de salud

Consciente de que esta implementación requiere ajustes técnicos y tecnológicos por parte de las IPS, EPS y otros prestadores de salud, el ministerio brindará asistencia técnica personalizada para resolver cualquier duda o incidencia.

Asimismo, se instaló una “Mesa de Ayuda” y canales de soporte, para acompañar las entidades en todo el proceso. También se prepararon diversos materiales y recursos, como guías, experiencias exitosas de otros PSS y videos explicativos que pueden consultar en los siguientes enlaces: 

Video Promocional FEV-RIPS

Experiencias de PSS

Un paso adelante, a solo un clic de distancia

El Ministerio de Salud invita a los 120 PSS de alta complejidad (Grupo 1), que ya han realizado pruebas exitosas ante el MUV, a iniciar el envío de toda su facturación en diciembre de 2024.

Para quienes aún no han comenzado, es importante iniciar cuanto antes. Este es el momento ideal para implementar los ajustes necesarios y garantizar que cada PSS de alta complejidad esté listo antes del 1 de febrero de 2025.

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