Bogotá D.C., 18 de septiembre de 2020. Los valores máximos de las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico para SARS-CoV2 (covid-19) que integran las canastas de servicios y tecnologías en salud, han sido modificados por la Resolución 1630 de 2020, definiendo un valor máximo para el caso de los municipios con laboratorio avalado para procesar estas pruebas y otro para los municipios y áreas no municipalizadas sin laboratorio.
"De esta manera se modifica el artículo 5 de la Resolución 1463 de 2020, definiendo nuevos valores máximos para las pruebas moleculares, de antígeno y serológicas para el covid-19, las cuales serán recobradas por las EPS o EOC e IPS, según corresponda, a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -Adres-", explicó María Andrea Godoy Casadiego, viceministra de Protección Social.
Dicho de esta manera, los nuevos valores máximos quedan así:
DESCRIPCIÓN | VALOR MÁXIMO |
| Municipios con laboratorios avalados para SARS CoV2 [COVID-19] | Municipios y áreas no municipalizadas sin laboratorios avalados para SARS CoV2 [COVID-19] o caracterizados como zona especial de dispersion geográfica |
SARS CoV2 [COVID-19] ANTICUERPOS Ig G
|
$ 60.000
| $ 73.800 |
SARS CoV2 [COVID-19] ANTICUERPOS Ig M |
IDENTIFICACIÓN DE OTRO VIRUS (ESPECÍFICA) POR PRUEBAS MOLECULARES | $ 216.994 | $ 266.903 |
SARS CoV 2 [COVID-19] ANTÍGENO. | $ 80.832 | $ 99.423 |
Se destaca que estos valores establecidos financian lo necesario para la realización del procedimiento, incluyendo la toma de la muestra, el procesamiento, el transporte hasta el laboratorio responsable del procesamiento y entrega de resultados.
La nueva resolución precisa el procedimiento para el reconocimiento y pago de pruebas, las cuales las deben tener en cuenta las Entidades Promotoras de Salud, Entidades Obligadas a Compensar, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud o laboratorios.
"Se recuerda que estos valores no son los que un usuario debe pagar por la prueba, sino que hacen parte de los valores máximos que la Adres le reconocerá y pagará a los aseguradores o prestadores por cada prueba realizada a un afiliado, siempre y cuando se realice la respectiva facturación y reporte al sistema de vigilancia SisMuestras del INS", dijo la viceministra.
Para mayor detalle se invita a consultar la Resolución 1630 de 2020 en la página web www.minsalud.gov.co