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Ministerio de Salud y Protección Social

Se ajustan valores máximos de pruebas covid-19

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 Se ajustan valores máximos de pruebas covid-19

Ministerio de Salud y Protección Social > Se ajustan valores máximos de pruebas covid-19

El valor máximo para el reconocimiento y pago de las pruebas covid-19 fue ajustado de acuerdo con la existencia o no, de laboratorios en municipios.

18/09/2020
Boletín de Prensa No 729 de 2020

Bogotá D.C., 18 de septiembre de 2020. Los valores máximos de las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico para SARS-CoV2 (covid-19) que integran las canastas de servicios y tecnologías en salud, han sido modificados por la Resolución 1630 de 2020, definiendo un valor máximo para el caso de los municipios con laboratorio avalado para procesar estas pruebas y otro para los municipios y áreas no municipalizadas sin laboratorio.

"De esta manera se modifica el artículo 5 de la Resolución 1463 de 2020, definiendo nuevos valores máximos para las pruebas moleculares, de antígeno y serológicas para el covid-19, las cuales serán recobradas por las EPS o EOC e IPS, según corresponda, a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -Adres-", explicó María Andrea Godoy Casadiego, viceministra de Protección Social.

Dicho de esta manera, los nuevos valores máximos quedan así:

 

 DESCRIPCIÓN VALOR MÁXIMO
 Municipios con laboratorios avalados para SARS CoV2 [COVID-19]Municipios y áreas no municipalizadas sin laboratorios avalados para SARS CoV2 [COVID-19] o caracterizados como zona especial de dispersion geográfica

 SARS CoV2 [COVID-19]

ANTICUERPOS Ig G



$ 60.000


 

 

$ 73.800

SARS CoV2 [COVID-19]

ANTICUERPOS Ig M

IDENTIFICACIÓN DE OTRO VIRUS (ESPECÍFICA) POR PRUEBAS MOLECULARES

 $ 216.994

 $ 266.903

SARS CoV 2 [COVID-19] ANTÍGENO.

 $ 80.832

 $ 99.423

Se destaca que estos valores establecidos financian lo necesario para la realización del procedimiento, incluyendo la toma de la muestra, el procesamiento, el transporte hasta el laboratorio responsable del procesamiento y entrega de resultados.

La nueva resolución precisa el procedimiento para el reconocimiento y pago de pruebas, las cuales las deben tener en cuenta las Entidades Promotoras de Salud, Entidades Obligadas a Compensar, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud o laboratorios.

"Se recuerda que estos valores no son los que un usuario debe pagar por la prueba, sino que hacen parte de los valores máximos que la Adres le reconocerá y pagará a los aseguradores o prestadores por cada prueba realizada a un afiliado, siempre y cuando se realice la respectiva facturación y reporte al sistema de vigilancia SisMuestras del INS", dijo la viceministra.

Para mayor detalle se invita a consultar la Resolución 1630 de 2020 en la página web www.minsalud.gov.co


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