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Ministerio de Salud y Protección Social

Se actualiza Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC

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 Se actualiza Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC

Ministerio de Salud y Protección Social > Se actualiza Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC

-       La modificación regirá a partir del 1 de enero de 2021.

-       El 73 % de los medicamentos será financiado por la Unidad de Pago por Capitación y el excedente por Presupuestos Máximos.

30/12/2020
Boletín de Prensa No 1064 de 2020

Bogotá D.C, 30 de diciembre de 2020 El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 2481 de 2020 con la cual se actualizan integralmente los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) a partir del 1 de enero de 2021.

"La actualización consistió en cambiar la fuente de financiación de algunos servicios y tecnologías, es decir, se pasó de financiar unos beneficios en salud de Presupuestos Máximos a la Unidad de Pago por Capitación, para facilitar el relacionamiento entre EPS e IPS, que conlleva a un mejoramiento en la prestación del servicio a los usuarios", indicó María Andrea Godoy Casadiego, viceministra de Protección Social.

La cartera de Salud tiene la competencia de actualizar el Plan de Beneficios en Salud (PBS) con cargo a la Unidad de Pago por Capitación, así como definir y revisar mínimo una vez al año el listado de medicamentos esenciales y genéricos que harán parte del Plan.

Además, de acuerdo con la Ley 1438 de 2011, artículo 25, el PBS con cargo a la UPC se debe actualizar integralmente una vez cada dos años, teniendo en cuenta cambios de perfil epidemiológico y carga de la enfermedad de la población, disponibilidad de recursos, equilibrio y medicamentos extraordinarios no explícitos dentro de este.

Los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC surten procesos de Evaluación de Tecnologías en Salud, análisis de grupos terapéuticos o del mercado, o análisis de tecnologías derivadas de recomendaciones de Guías de Práctica Clínica, así como otros análisis que se consideren necesarios para la toma de decisión por parte del Ministerio.

Con la entrada en vigor del nuevo acto administrativo, queda derogada la Resolución 3512 de 2019 y demás disposiciones que sean contrarias.

 

Medicamentos

Godoy Casadiego explicó que con esta resolución se financiará cerca del 73 % de los medicamentos con la UPC, (anteriormente solo era el 61 %) el excedente se financia con Presupuestos Máximos. Fueron 8.300 códigos únicos de medicamentos los establecidos en el nuevo acto administrativo, entre los que se incluyeron medicamentos para diabetes mellitus tipo II y se avanzó en la eliminación de los medicamentos que tenían alguna condición para su financiación con la UPC.

"Se incluyeron 184 principios activos en 30 diferentes formas farmacéuticas en la financiación con recursos de la UPC, que permiten la atención de diversas patologías en población infantil, gestante, adultos mayores y adultos en general", apuntó.

Gracias a esta inclusión se logró eliminar usos condicionados en 55 medicamentos y ampliar su financiación a todas las indicaciones registradas en Colombia; así como incluir nuevas formas farmacéuticas para 45 medicamentos que permiten su uso en otras poblaciones específicas, como niños y adultos mayores.

También incluir 60 nuevos medicamentos en la financiación en todas las concentraciones y formas farmacéuticas disponibles en el país y ampliar la financiación en 4 subgrupos de referencia de medicamentos.

Se crearon 19 subgrupos nuevos de referencia, en los que se consideran financiados todos los medicamentos pertenecientes a ellos en todas sus concentraciones, formas farmacéuticas e indicaciones registradas en el país.

La viceministra destacó que dentro de los medicamentos incluidos en la financiación con recursos de la UPC están algunos relacionados con el tratamiento de las siguientes patologías, estados o clases de medicamentos:

Salud mental

  • Esquizofrenia, crisis de ausencia, episodios maníacos, trastorno bipolar, depresión, ansiedad, autismo.
  • Desórdenes de la conducta en niños, adolescentes y adultos con retardo mental.

Agentes antineoplásicos e inmunomoduladores

  • Artritis reumatoide y artritis psoriásica.
  • Cáncer de mama, próstata, endometriosis y mioma uterino.
  • Pubertad precoz.
  • Esclerosis múltiple.
  • Nefropatías lúpicas y trasplantes.
  • Artritis idiopática juvenil poliarticular.

Sistema nervioso

  • Epilepsia.
  • Enfermedad de Alzheimer y Parkinson.
  • Tratamiento del dolor irruptivo en pacientes con cáncer, osteoartritis, y artritis reumatoidea.
  • Migraña.
  • Analgésicos, antipiréticos y antiespasmódicos.

Sistema cardiovascular

  • Hipertensión, nuevas combinaciones a dosis fijas.
  • Tratamiento de los síndromes coronarios.
  • Reducción de la tasa de eventos aterotrombóticos (infarto de miocardio, ataque cerebrovascular – ACV, isquémico o muerte vascular).
  • Tratamiento del cierre del ductus arterioso permeable en bebés prematuros.
  • Tromboflebitis.

Antiinfecciosos de uso sistémico

  • Infecciones de las vías respiratorias superiores e inferiores.
  • Exacerbación aguda de bronquitis crónica, neumonía adquirida en la comunicad (NAC) incluyendo las causadas por cepas multirresistentes, sinusitis aguda.
  • Infecciones complicadas de la piel y estructuras dérmicas (incluyendo infecciones del pie diabético).
  • Infecciones del aparato genital femenino superior, incluyendo salpingitis y endometritis.
  • Infecciones intraabdominales complicadas, incluidas infecciones polimicrobianas, como abscesos.
  • Infecciones de las vías genitourinarias, por ejemplo: cistitis, uretritis, pielonefritis.
  • Infecciones cutáneas y de los tejidos blandos, por ejemplo: forúnculos, abscesos, celulitis, heridas infectadas.
  • Infecciones de los huesos y articulaciones, como la osteomielitis.
  • Infecciones dentales, como abscesos dentoalveolares.
  • Hepatitis B.

Tracto alimentario y metabolismo

  • Diabetes Mellitus Tipo 2: combinaciones de fármacos hipoglucemiantes orales y nuevos fármacos parenterales.
  • Antidiarreicos y tratamiento de la deshidratación.
  • Agentes antiinflamatorios - antiinfecciosos intestinales.
  • Trastornos funcionales del estómago e intestino.
  • Suplementos minerales.

Órganos de los sentidos

  • Infecciones e inflamaciones oculares y óticas.
  • Corticosteroides y antiinfecciosos en combinación.
  • Antivirales.

Sistema respiratorio

  • Asma y rinitis alérgica en niños y adultos.
  • Enfermedades obstructivas de las vías respiratorias.

Dermatológicos

  • Dermatitis.
  • Tratamiento tópico del acné vulgar leve o moderado.

Tracto alimentario y metabolismo

  • Antiácidos para úlcera gástrica, úlcera duodenal, y esofagitis por reflujo, antiácidos.
  • Antineuríticos.
  • Deficiencia de vitaminas.
  • Profilaxis de anemias ferropénicas y megaloblásticas del embarazo.

Sistema musculoesquelético

  • Analgésicos para el alivio del dolor y el espasmo muscular esquelético.

Preparados hormonales sistémicos, hormonas sexuales

  • Corticosteroides de acción sistémica para tratamiento de insuficiencia suprarrenal, inflamación y alergia, edema cerebral por tumores del SNC, asma.
  • Fístulas intestinales pancreáticas.

Productos antiparasitarios

  • Medicamentos para el tratamiento de la amebiasis intestinal.

Sangre y órganos formadores de sangre

  • Antiagregantes plaquetarios, para tratamientos trombolíticos, diagnósticos en imagenología, diálisis renal.

Sistema genitourinario y hormonas sexuales

  • Anticoncepción.
  • Tratamiento de la hipertensión leve y moderada, coadyuvantes en el tratamiento de la hipertrofia prostática benigna.
  • Infecciones vaginales y de transmisión sexual.
  • Carcinoma metastásico de endometrio.
  • Hipogonadismo primario e hipogonadontrófico secundario.
  • Hiperplasia del endometrio.
  • Hemorragia postparto.


Procedimientos

En cuanto a la inclusión de procedimientos, la viceministra se refirió a la inclusión para:

  • Tamizaje neonatal (Ley 1980 de 2019).
  • Diagnóstico de enfermedades neoplásicas.
  • Diagnóstico de enfermedades del esófago y reflujo gastroesofágico.
  • Diagnóstico de patologías infecciosas durante el embarazo.
  • Prevención de enfermedades alérgicas, como el asma y la rinitis.
  • Tratamiento de la insuficiencia cardiaca y arritmias.

"En total se incluyeron 22 procedimientos, que entran a completar la financiación con recursos de la UPC para los servicios y tecnologías de salud en todas las indicaciones autorizadas en el registro sanitario en Colombia", concluyó Godoy Casadiego.


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