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Ministerio de Salud y Protección Social

Ruta para los viajeros que llegan a Colombia procedentes de China Italia Francia y España

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 Ruta para los viajeros que llegan a Colombia procedentes de China Italia Francia y España

Ministerio de Salud y Protección Social > Ruta para los viajeros que llegan a Colombia procedentes de China Italia Francia y España
11/03/2020
Boletín de Prensa No 058 de 2020


Medidas para viajeros que lleguen al país procedentes de 4 países en donde se concentran importantes casos de COVID-19.

Bogotá D.C., 11 de marzo de 2020. – El Gobierno Nacional a través de la resolución 380 de 2020 presentó las medidas que la ciudadanía debe adoptar frente al coronavirus COVID-19 con el fin de prevenir y controlar la propagación de la epidemia, la cual ya registra nueve casos confirmados en Colombia.

De esta manera, el Ministerio de Salud y Protección Social diseñó la ruta para que los viajeros que lleguen a Colombia desde China, Italia, Francia y/o España, la tengan en cuenta:

  1. Las aerolíneas deben informar a los pasajeros, por lo menos cuatro horas antes de los vuelos, que una vez llegan a Colombia deben autoaislarse en sus sitios de domicilio durante 14 días
  2. Al arribar al país, el viajero debe informar a Migración Colombia que cuenta con póliza de salud o se encuentra afiliados a una EPS en cualquiera de los dos regímenes.
  3. El personal de Migración Colombia, solicitará a cada viajero la siguiente información: datos personales, fecha de ingreso al país, lugar de procedencia y lugares de estadía en los últimos 14 días, lugar donde estará en Colombia, números y correos de contacto. Esto con el fin de hacer el registro con el que se podrá hace seguimiento en caso de ser necesario.
  4. En caso de que el viajero manifieste tener por lo menos dos síntomas de Infección Respiratoria Aguda (tos, fiebre, diarrea, congestión nasal), se notificará al Instituto Nacional de Salud y la entidad territorial respectiva (Secretaria de Salud).
  5. Dado que la COVID-19 es 80% asintomático, todos los viajeros procedentes de estos países deben adoptar autoaislamiento preventivo en sus hogares u hoteles durante 14 días. En caso de que la persona no tenga los recursos para costear los gastos de estadía, se le recomienda no arribar al país.
  6. Las personas que 14 días anteriores al 11 de marzo hayan arribado a Colombia desde dichos países, se les recomienda auto aislarse por el periodo que falte para cumplir los 14 días y, en ningún caso, deben asistir a eventos o sitios de afluencia masiva.

Se destaca que estas recomendaciones no aplican para tripulaciones y que se adoptan para el resto de la ciudadanía con el fin de evitar la transmisión del COVID-19. En ese sentido, durante el autoaislamiento – que equivale a una incapacidad laboral- las personas deben permanecer en casa y tomar las medidas para prevenir la transmisión de la infección a las personas cercanas.

Entre estas recomendaciones se recuerda lavarse las manos frecuentemente, usar geles antibacteriales o sustancias desinfectantes si no se dispone de lavado. A su vez, las personas con síndrome gripales deben quedarse en su lugar de residencia, y si tiene que desplazarse hacerlo con tapabocas, en trasporte no masivos en lo posible.

Migración Colombia también cuenta con la facultad de autorizar o negar el ingreso y la permanencia de extranjeros al país, y cuenta con el apoyo de la Policía Nacional en caso de ser requerido.

 


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