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Ministerio de Salud y Protección Social

Prácticas para el cuidado de perros y gatos en época de aislamiento

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 Prácticas para el cuidado de perros y gatos en época de aislamiento

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"Un cuidador debe tener prácticas de higiene diarias con su perro de la misma forma que se tiene con las personas". Adriana Estrada Estrada, subdirectora de Salud Ambiental 

21/04/2020
Boletín de Prensa No 181 de 2020

- Dar paseos diarios entre 10 y 15 minutos, mantener el distanciamiento con otros perros y con sus paseadores y tener implementos de aseo, son algunas de las recomendaciones.

Bogotá D.C., 21 de abril de 2020. – El Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Subdirección de Salud Ambiental, da algunas recomendaciones para la tenencia de animales de compañía, dirigidas especialmente a perros y gatos, con las cuales no solo se mejora la convivencia ciudadana y brinda bienestar y protección a los animales, sino que también contribuyen a la contención y mitigación de la epidemia de covid-19.


Adriana Estrada Estrada, subdirectora de Salud Ambiental del Ministerio de Salud y Protección Social, manifestó que a la fecha no se registra evidencia de que los perros y los animales de compañía sean transmisores del coronavirus.

"La Organización Mundial de la Salud – OMS, la Asociación Mundial de Veterinarios de Pequeños Animales - WSAVA, el Centro para el Control de Enfermedades – CDC, la Organización Mundial de Sanidad Animal – OIE y el Departamento de Agricultura, Pesca y Conservación de Hong Kong – AFCD, con corte a 19 de abril de 2020, han sido reiterativos en que no se dispone de evidencia científica suficiente para asegurar que el covid-19 afecte a los animales, incluidos los animales de compañía, perros y gatos. Es decir, no son considerados como trasmisores del virus a los humanos, pues su principal mecanismo de trasmisión es humano a humano", explicó Estrada.


Frente al tema del aseo de los perros al ingresar a casa dijo, "un cuidador debe tener prácticas de higiene diarias con su perro de la misma forma que se tiene con las personas".

Con el propósito de brindar protección y bienestar a animales y contribuir con las medidas de mitigación del covid-19, se deben adoptar las siguientes prácticas en el hogar con los animales de compañía:

  1. Mantenga restringido a su perro o gato en casa, es decir no permita que deambule libremente por espacio público.
  2. Saque su perro a paseos diarios entre 10 y 15 minutos máximo, recuerde que debe sacarlo con correa, y bozal si se requiere. No lo suelte y evite que entre en contacto con otros perros. Es necesario que los propietarios mantengan el distanciamiento social mínimo de 2 metros con otras personas. 
  3. Recuerde que los perros y gatos deben ser vacunados a partir de los tres meses de edad y revacunados anualmente contra la rabia. Antes de sacar a su perro a caminar, verifique el certificado de vacunación.
  4. Cuando llegue a casa recuerde lavar las patas del perro con agua y jabón y secarlas con una toalla de papel desechable.
  5. Si usted u otra persona de su núcleo cercano presenta síntomas de covid-19, debe mantenerse aislado de su perro o gato; limitar el contacto entre personas enfermas y los animales - acariciar, dormir con ellos, tener contacto con sus secreciones (incluso lamidos) o pasearlas. Si debe cuidarlos o estar cerca de ellos mientras usted está enfermo (a), use mascarilla facial, no la manipule y cámbiela con frecuencia, depositándola en doble bolsa negra y disponiéndola en la caneca de residuos ordinarios. Recuerde que el tapabocas es de uso individual.
  6. Si su perro o gato hace sus necesidades fisiológicas en un área destinada al interior de la vivienda, incremente la limpieza y desinfección de dicha área; los utensilios de limpieza deben ser exclusivos para los animales de compañía; si su perro debe salir, defina un adulto del núcleo familiar preferiblemente menor de 60 años, quien será el responsable de sacarlo, recuerde siempre recoger los excrementos y disponerlos la caneca respectiva.
  7. Cubra, limpie y desinfecte con mayor frecuencia las cajas de arena para gatos, no olvide usar guantes y tapabocas para esta labor.
  8. El lavado de manos es fundamental en los siguientes momentos:

    • Antes y después de sacar a su perro a caminar.
    • Antes y después de tocar o jugar con sus animales de compañía.
    • Antes y después de alimentar o manipular alimentos para animales de compañía.
    • Antes y después de manipular elementos y equipos para animales de compañía (jaulas, tanques, juguetes, platos de comida y agua, el kit de aseo).
    • Después de recoger las heces de su perro o limpiar las areneras de los gatos.
    • Antes de comer o beber alimentos.
    • Antes o después de alimentar o acariciar animales en situación de abandono o de procedencia desconocida.
  1. Si su perro o gato desarrolla una enfermedad inusual y estaba cerca de una persona con infección confirmada por covid-19, llame a su clínica veterinaria para recibir la orientación pertinente. Si el animal debe ser llevado siga las recomendaciones de su médico veterinario.
  2. Si su perro o gato resulta enfermo, prevea una zona de aislamiento en su vivienda y siga las recomendaciones que el médico veterinario indique.
  3. No lleve su perro o gato a guarderías o a centros de estética de animales durante el tiempo que dure la medida de aislamiento en casa.
  4. Mantenga un kit de aseo exclusivo para su perro y gato. Debe incluir bolsas para la recolección de excretas, agua con jabón (atomizador) y toallas desechables para limpiar y secar las partes expuestas a los sitios externos (extremidades) antes de ingresarlo a la vivienda. El kit debe ser guardado en un sitio seguro, retirado de alimentos, medicamentos y plaguicidas.

 

Responsabilidad de los adultos

 Minsalud recuerda a los propietarios y tenedores de perros o gatos que la tenencia responsable de animales de compañía obedece al conjunto de obligaciones y compromisos que se adquiere al tomar esta decisión.

Como seres sintientes que son, se les debe asegurar su bienestar general y no simplemente satisfacer las necesidades básicas del animal, además se hace responsable por las consecuencias que impliquen todos los actos que ellos realicen, y su abandono premeditado conlleva sanciones penales y civiles en el marco de lo establecido en las leyes 1774 de 2016 y 1801 de 2016, relativas a la protección y bienestar de los animales

En caso de evidencia que una persona está abandonando un perro o gato, puede comunicarse a la alcaldía del respectivo municipio o con la Fiscalía General de la Nación a la línea nacional gratuita (01 8000 9197 48), para denunciar esta situación ante el Grupo Elite de Lucha contra el Maltrato Animal – GELMA

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