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Ministerio de Salud y Protección Social

Museos deberán cumplir lineamientos de bioseguridad para su apertura

 Museos deberán cumplir lineamientos de bioseguridad para su apertura

Ministerio de Salud y Protección Social > Museos deberán cumplir lineamientos de bioseguridad para su apertura
15/06/2020
Boletín de Prensa No 368 de 2020

- Habilitar pagos virtuales, mantener el control del aforo y señalar el distanciamiento físico de dos metros de persona a persona, son algunas de las recomendaciones.

 

Bogotá D.C., 15 de junio de 2020. – Los museos en Colombia hacen parte de las actividades que gradualmente sale en el país durante la emergencia sanitaria. Para ello, y teniendo en cuenta que atravesamos por la epidemia de covid-19, el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución 900 de 2020 dictó los lineamientos para la seguridad de quienes se desempeñan en este sector.

Claudia Cuéllar, directora (e) de la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud, explicó que es importante evitar al máximo de contacto persona a persona, "se deberá habilitar pagos virtuales, mantener el control del aforo y señalar el distanciamiento físico de dos metros de persona a persona", dijo.

Frente al ingreso a las instalaciones Cuéllar señaló que los museos deberán contar con material o con el personal entrenado para comunicar a los visitantes las recomendaciones y protocolos, así como disponer de dispensadores de alcohol glicerinado mínimo al 60% máximo al 95%.

Agregó que "el uso de tapabocas será obligatorio para trabajadores y visitantes durante la jornada de trabajo y recorrido por el museo con el fin de dar cumplimiento a los lineamientos establecidos".

 

Recomendaciones generales

  • Contar con estaciones que proporcionen gel glicerinado mínimo al 60% y máximo al 95%, para los visitantes y trabajadores, junto con un rótulo explicativo del uso correcto, y ubicarlos en los espacios del museo.
  • Mantener el control del aforo y señalar el distanciamiento físico de dos metros entre persona y persona.
  • Señalizar el recorrido por los espacios con las indicaciones para el tránsito. El personal del museo mantendrá el distanciamiento físico reglamentario al momento de orientar o profundizar en temas a los visitantes.
  • Controlar la toma de fotografías permitidas durante el recorrido, vigilando que sean tomadas directamente por el visitante, sin manipulación de terceros.

 

En el manejo de exposiciones

  • Establecer el uso permanente del tapabocas y verificar el uso adecuado de los elementos de protección personal (EPP).
  • Controlar el distanciamiento físico de dos metros entre personas.
  • Aplicar el protocolo de lavado de manos establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social.
  • Limitar el ingreso en los momentos de montaje o desmontaje de exposiciones, permitiendo solo el acceso del personal mínimo, manteniendo todas las normas y recomendaciones de bioseguridad.
  • Realizar la desinfección diaria de espacios de uso común o circulación y de manivelas, mesas, interruptores de la luz, entre otros, utilizando papel o paños de microfibra humedecidos con una solución hidroalcohólica.
  • Realizar la limpieza de los espacios con ventilación favorable. La acumulación de compuestos orgánicos volátiles resulta dañina.
  • Manipular los bienes culturales o escenarios de exhibición con mascarillas y guantes desechables. Los planes de emergencia deberán incorporar previsiones relativas a la manipulación y transporte de bienes culturales en tiempos de epidemia o pandemia.

 

Zonas comunes empleados y visitantes

  • Contar con acceso a dispensadores de alcohol glicerinado para higienizar las manos y a baños públicos que contarán con insumos como agua, jabón y toallas desechables para ser usados en cualquier momento de la visita.

Finalmente Cuéllar señaló que "este protocolo es complementario al que se encuentra en la Resolución 666 del 2020 y a las demás medidas que los responsables de cada planta crean necesarias y la vigilancia del cumplimiento del mismo está a cargo de la secretaría o entidad municipal o distrital".


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