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Ministerio de Salud y Protección Social

Minsalud y MinEducación modifican programas de formación de auxiliares de la salud

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 Minsalud y MinEducación modifican programas de formación de auxiliares de la salud

Ministerio de Salud y Protección Social > Minsalud y MinEducación modifican programas de formación de auxiliares de la salud
07/03/2013
 
Boletín de Prensa No 52 de 2013

 
 
Minsalud y MinEducación modifican programas de formación de auxiliares de la salud 
 
  
-    La Comisión Intersectorial para el Talento Humano en Salud cambió los requisitos en la relación docencia- servicio con el Acuerdo 153 de 2012
 
Bogotá, 1 de marzo de 2013.- Los Ministerios de Salud y Protección Social y de Educación Nacional modificaron los programas de formación de auxiliares de la salud frente a los requisitos de la relación docencia-servicio. Las modificaciones quedaron plasmadas en el Acuerdo 153 de 2012 que fue expedido por la Comisión Intersectorial para el Talento Humano en Salud (CIHTS).
 
El director de Desarrollo del Talento Humano en Salud, Luis Carlos Ortiz Monsalve, manifestó que este acuerdo permitirá que se mejore la calidad de la formación de los auxiliares del área de la salud mediante el fortalecimiento de la relación docencia servicio.
 
“Con esto, se promoverá y facilitará la autoevaluación por parte de las Instituciones Educativas y sus diferentes escenarios de práctica”, destacó.
 
Explicó que la CIHTS definió un nuevo procedimiento frente a la solicitud de concepto técnico de los proyectos y programas, basado en cuatro puntos estratégicos, de formación de auxiliares de la salud; de educación para el trabajo y el desarrollo humano así:
 
  1. La Institución de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano deberá radicar el programa a evaluar ante la Secretaría de Educación de la entidad territorial certificada.
  2. La Secretaría de Educación deberá enviar a la Secretaría Técnica de la CITHS, copia electrónica de los documentos de la relación docencia servicio (artículo 2).
  3. Si los documentos son objeto de requerimientos, la Secretaría Técnica informará a la Secretaría de Educación y a la Institución Educativa, para que sean subsanados en el término de 1 mes.
  4. Una vez la CITHS, emita el concepto técnico previo, será enviado a la Secretaría de Educación, quien previa verificación del cumplimiento de los requisitos básicos exigidos para el funcionamiento adecuado del programa, expedirá el acto administrativo de aprobación, negación o renovación del registro del programa.
 
Ortiz Monsalve aclaró que los proyectos radicados con anterioridad al 18 de febrero de 2013 en la Secretaría Técnica de la CITHS serán evaluados conforme a los criterios establecidos en el Decreto 4904 de 2009 y el Acuerdo 038 de 2008.
 
Las modificaciones expresas en el Acuerdo podrán ser consultadas, adicionalmente, en el Diario Oficial No. 48708 del 18 de febrero de 2013 o accediendo al Observatorio del Talento Humano en Salud.​
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