Boletín de Prensa No 020 de 2011
- Durante el año 2010 el Ministerio de Protección realizó 761.667 trámites de este tipo, los cuales han sido eliminados a través de la Ley de Formalización y Generación de Empleo ahorrando tiempo y dinero al Estado y a los empleadores colombianos.
- Los inspectores de trabajo en el país se dedicarán a su misión esencial de fiscalizar e inspeccionar a las empresas para defender los derechos laborales de los trabajadores.
Bogotá, febrero 1 de 2011. “Con la supresión de trámites optimizamos servicios, nos acercamos al ciudadano y protegemos los derechos de los trabajadores colombianos”, con estas palabras el Viceministro de Relaciones Laborales Ricardo Andrés Echeverri López resumió el impacto positivo que la Ley de Formalización y Generación de Empleo sancionada el pasado 29 de diciembre, produjo a los colombianos en términos de trámites.
Los empleadores ya no deberán recurrir al Ministerio de la Protección Social para aprobar el reglamento interno de trabajo, inscribir el Comité Paritario de Salud Ocupacional, autorizar compensación en dinero de las vacaciones de sus trabajadores, así como autorizar préstamos, anticipos, deducciones, retenciones o compensaciones del salario del trabajador.
Los empleadores tampoco deberán solicitar autorización al Ministerio para la contratación de trabajadores a domicilio y el pago parcial de cesantías.
Cabe aclarar que la obligatoriedad de las actividades antes en mención continúa según el Código Sustantivo del Trabajo. Lo que se suprime es el trámite que empresarios realizaban ante el Ministerio de la Protección Social.
Cuadro comparativo de trámites y cambios