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Ministerio de Salud y Protección Social

MinSalud verificará que EPS entreguen carta de derechos y deberes a afiliados

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 MinSalud verificará que EPS entreguen carta de derechos y deberes a afiliados

Ministerio de Salud y Protección Social > MinSalud verificará que EPS entreguen carta de derechos y deberes a afiliados

(EPS) deberán reportar información que permita verificar si entregan la carta de derechos y deberes del afiliado y del paciente y la carta de desempeño de la EPS a sus afiliados.

06/05/2015
Press release 104 de 2015


-    Mecanismo, periodicidad y plazos de entrega quedaron establecidos en una Resolución.

Bogotá, D.C., 5 de mayo del 2015.- A través de la Resolución 1379 de 2015, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció el mecanismo que deben seguir las entidades promotoras de salud (EPS) para reportar información que permita verificar si entregan la carta de derechos y deberes del afiliado y del paciente y la carta de desempeño de la EPS a sus afiliados.

Asimismo, establece el mecanismo de transferencia de archivos, la periodicidad y plazos para los reportes.


El Ministerio verificará que esto se esté cumpliendo solicitando a las EPS el reporte de la información de  los  nuevos afiliados del régimen contributivo y subsidiado, para los cuales deben anexar copia del  cuestionario que evidencia que  la EPS  está entregando a los nuevos afiliados la respectiva carta de derechos y deberes y carta de desempeño, previo al diligenciamiento del formulario de afiliación.

La información se  recepcionará por parte del Ministerio  cada trimestre, iniciando a partir del mes de julio del presente año,  luego en octubre,  enero y abril y así sucesivamente.

Es muy importante que todas las personas conozcan los derechos y deberes que contempla la normatividad para los afiliados, tanto del régimen subsidiado como del contributivo. En este sentido sabrán cómo utilizar mejor el sistema de salud colombiano y sabrán que servicios les brinda la EPS a la que se encuentren afiliados.

Estos son algunos de los derechos y deberes.

Derechos:

1.    Acceder, en condiciones de calidad y oportunidad y sin restricción a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos incluidos en el plan de beneficios.

2.    Acceder a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos no incluidos en el plan de beneficios y que sean requeridos con necesidad.

3.    Acceder a las pruebas y exámenes diagnósticos indispensables para determinar si requiere o no un servicio de salud.

Deberes:

1.    Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.

2.    Atender oportunamente las recomendaciones formuladas por el personal de salud y las recibidas en los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

3.    Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
Conozca la carta de derechos y deberes del afiliado y del paciente y la carta de desempeño de su EPS

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