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Ministerio de Salud y Protección Social

MinSalud transferirá $11.000 millones de pesos a las Secretarías de Salud para atención de mujeres víctimas de violencia de género

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 MinSalud transferirá $11.000 millones de pesos a las Secretarías de Salud para atención de mujeres víctimas de violencia de género

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24/01/2013
 
Boletín de Prensa No 018 de 2013


 
Foto: Herminso Ruiz
 
-    El dinero será transferido para cumplir el Decreto 2734 de medidas de atención, que garantiza habitación, alimentación y transporte para estas mujeres y sus hijos.
 
Bogotá, D.C., enero 24 de 2013.- El Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe, aseguró que el Ministerio transferirá alrededor de $11.000 millones a las Secretarías de Salud Territoriales para garantizar las medidas de atención, como son el transporte, la alimentación y el hospedaje de mujeres víctimas de violencia de género.
 
El anuncio fue hecho en el marco de la presentación de los Decretos 2733 de 2012, que reglamenta la deducción de impuestos para empleadores que contraten a mujeres víctimas de violencia de género; y 2734 de 2012, que adopta las medidas para garantizar su habitación, alimentación y transporte.
 
El Decreto 2734 establece los criterios, condiciones y procedimiento para el otorgamiento de las medidas de atención, como son el transporte, la alimentación y el hospedaje para las mujeres que corren peligro. Esto se otorgará por seis meses prorrogables.
 
Según Gaviria, las Secretarías de Salud Territoriales, quienes recibirán los $11.000 millones son las que tienen que coordinar que efectivamente se presten los servicios de las medidas de atención.
 
“Para otorgar la medida de atención habrá dos filtros. Primero: el que hacen las IPS o los médicos, que tiene que hacer un examen físico y mental diciendo que la medida de atención es pertinente; y segundo, el que hace la Policía, que evalúa la situación de riesgo y que avala la medida de atención”, explicó el Ministro.
 
Gaviria Uribe afirmó que las EPS deben cumplir el papel de prestar los servicios de alojamiento, transporte y alimentación de las mujeres víctimas de violencia de género que sean cobijadas con la medida de atención y de sus hijos.
 

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