Skip Ribbon Commands
Skip to main content

Ministerio de Salud y Protección Social

Gobierno promulgó Ley Estatutaria para garantizar derechos de las personas con discapacidad

Imagen gov.co
Disminuir fuente Restablecer fuente Aumentar fuente Contraste Restablecer contraste

  Gobierno promulgó Ley Estatutaria para garantizar derechos de las personas con discapacidad

Ministerio de Salud y Protección Social > Gobierno promulgó Ley Estatutaria para garantizar derechos de las personas con discapacidad
15/03/2013
 
Boletín de Prensa No 062 de 2013



 
 

Gobierno promulgó Ley Estatutaria para garantizar derechos de las personas con discapacidad

-    MinSalud promueve la Ley 1618 de 2013 adoptando medidas de inclusión y cero discriminación para personas con discapacidad

Bogotá, 11 de marzo de 2013.- En el marco de la Ley Estatutaria 1618 del 27 de febrero de 2013, el Ministerio de Salud y Protección Social con el Consejo Nacional de Discapacidad impulsan la reglamentación necesaria para garantizar los derechos de las personas con discapacidad.

El objeto de la Ley Estatutaria garantiza y asegura el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad mediante la adopción de medidas de inclusión eliminando toda clase de discriminación y en concordancia con la Ley 1346 de 2009.

Susanna Helfer-Vogel, Jefe de la Oficina de Promoción Social, afirmó que con la promulgación de esta Ley Estatutaria “el ministerio garantizará la articulación de los diferentes sectores fortaleciendo el recurso humano funcional; servicios de asistencia domiciliaria, residencial y de apoyo a la comunidad; rehabilitación funcional sin pago de cuotas moderadoras o copagos e investigación y ayuda terapéutica incluyendo ayudas técnicas”, dijo.

Así mismo, la cartera de salud garantizará a través de los planes de beneficio (POS), el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021, los Planes Territoriales de Salud la atención y prestación de todos los servicios de salud incluyendo la variable de discapacidad en todos los sistemas de protección social.

Las Empresas Promotoras de Salud y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud tendrán la responsabilidad de la accesibilidad e inclusión a los servicios de salud de las personas con discapacidad, facilitar su desplazamiento incluyendo la atención domiciliaria.

“A su vez, entes de control como la Superintendencia Nacional de Salud y las Direcciones Territoriales de Salud deberán incorporar al Programa de Auditorías los indicadores de Discapacidad (PAMEC) para estar atentos a cualquier acción u omisión en el servicio que atente con las personas con discapacidad”, agregó.

Todos los ministerios, bajo la tutela del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación elaborarán el Plan Interinstitucional que permita determinar los recursos requeridos para incluir los montos requeridos en el marco fiscal de mediano plazo.

Finalmente, la labor de la sociedad civil está en actuar como veedores para eliminar las barreras, participar en la formulación y seguimiento de políticas públicas y denunciar la exclusión.​

Volver al Inicio