Boletín de Prensa No 260 de 2010 

 

Bogotá, agosto 30 de 2010.- Ningún actor del sistema de salud en el país podrá negar el acceso a un servicio o impedir cualquier trámite en esta materia, porque el usuario no presente la cédula de ciudadanía renovada.

“Algunos usuarios nos han reportado dificultad para acceder a los servicios por falta de la cédula de ciudadanía actualizada. Les queremos decir que el Ministerio de la Protección Social, través de la Circular 046, dio instrucciones precisas a los actores del sistema para que esta situación no sea una limitación del acceso. Hay unas normas constitucionales claras y es obligación de todas las entidades del sector atender a la población, independiente que tenga la cédula renovada o la vieja”, señaló Luis Fernando Correa, Director General de Calidad de Servicios del Ministerio de la Protección Social.


Si bien existe la obligación del ciudadano de renovar su documento de identificación y se estableció un término prudencial para ello, con la salud existe una excepción porque ninguna entidad puede poner en riesgo la salud de un paciente por no haber renovado la cédula.

 

El funcionario agregó que “las entidades administradoras de planes de beneficios y los prestadores de servicios de salud que nieguen un servicio serán sancionados por la Superintendencia Nacional de Salud”.

 

Los usuarios que tengan una queja en este sentido, pueden comunicarse al call center de la Supersalud: línea nacional 018000 513700 y en Bogotá al 483 7000.