-Tras encontrar evidencia científica de dos medicamentos para el tratamiento de la COVID-19, Minsalud deja abierta posibilidad para que médicos los tengan en cuenta.
Bogotá D.C., 6 de abril de 2020. – El Ministerio de Salud y Protección Social, con el aval de Asociación Colombiana de Infectología –ACIN-, precisa que tras encontrar evidencia científica, se considera el uso de la cloroquina e hidroxicloroquina ante la posibilidad de que el personal médico considere su uso para el tratamiento de la COVID-19.
A estos medicamentos, que son fármacos antimaláricos, antiinflamatorios e inhibitorios de procesamiento antigénico indicados en enfermedades como artritis reumatoidea y lupus eritematoso, se les ha documentado actividad In vitro contra SARS-CoV-2, con evidencia científica débil a favor.
"El Ministerio constantemente está atento a cualquier avance y cualquier tratamiento o innovación. Dentro de estos ha encontrado algunos estudios clínicos que dicen que el uso de la hidroxicloroquina y cloroquina, pueden ayudar en el tratamiento de la enfermedad de coronavirus", dijo el viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios, Luis Alexander Moscoso respecto a estos dos fármacos, precisando que se consultó con las sociedades científicas, en donde se encontró que, si bien el nivel de evidencia es bajo, sí hay una recomendación para su uso.
De esta manera el Minsalud deja abierta la posibilidad que los profesionales de la salud en hospitales y clínicas tengan en cuenta estos medicamentos como una posibilidad para el tratamiento de la COVID-19, y para ello se permite realizar las siguientes claridades:
- La evidencia para el uso de los medicamentos no es lo suficientemente fuerte, pero es algo esperado en el marco de una contingencia por lo cual, si el médico tratante considera su uso, se debe llegar a consenso al interior de la institución tratante y armonizarse con las recomendaciones de sociedades científicas nacionales.
- La Resolución 3512 de 2019, que describe los servicios y tecnologías en salud financiados con recursos de la UPC, incluye en su sección B a la cloroquina (difosfato o sulfato) código ATC P01BA01 medicamento de uso en salud pública en sus indicaciones autorizadas actualmente y que es suministrado por el Ministerio de Salud y Protección Social, según las normas técnicas y guías de atención para las enfermedades de interés en salud pública. La hidroxicloroquina no se encuentra descrita en el anexo 1 de dicha Resolución. Por lo anterior en el marco de la emergencia sanitaria y la fase de mitigación se deberá prescribir por la herramienta tecnológica MIPRES (vía recobro).
- Recientemente se ha utilizado la hidroxicloroquina en combinación con azitromicina en COVID-19 (estudio de Gautret et al), pero solo se evaluó negativización de la presencia viral, mediante la reacción en cadena de la polimerasa (PCR) y no la respuesta clínica. En el estudio citado, pudieron mostrarse los beneficios comentados, sin embargo, la asociación hidroxicloroquina/azitromicina puede prolongar el QT y dicho riesgo no se ha evaluado concretamente. La azitromicina es un antibiótico que tiene otras indicaciones y no se recomienda su uso en este caso.
- Los estudios de cloroquina se han realizado in vitro y hay información escasa en humanos.
- La prescripción de medicamentos para Covid-19 debe realizarse bajo indicaciones médicas muy precisas y no debe usarse en profilaxis. Sin embargo, existen estudios de Investigación en curso para establecer su rol de profilaxis en los trabaja dores de la salud.
- Se deben evaluar los efectos adversos de la cloroquina, principalmente la prolongación del QT y la hipotensión secundaria (generalmente más severos que los producidos por Hidroxicloroquina).
La malaria es un problema a nivel nacional y la compra de medicamentos se realiza con proyecciones anuales para un cierto número de pacientes, los cuales siguen necesitando el tratamiento a pesar de la contingencia actual, por lo cual este medicamento que se encuentra en las DTS tiene esta destinación específica y no puede ser por el momento utilizado para el tratamiento de pacientes con la COVID – 19.