En caso de no ampliarlo, deberán nombrar una persona al finalizar el periodo en curso.
Bogotá, 28 de marzo de 2020. El periodo institucional de gerentes de hospitales públicos del país podrá ser ampliado por alcaldes y gobernadores con el objetivo de garantizar la prestación de servicios en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica que afronta el país a causa de la COVID-19.
El Decreto 491 de 2020 determina que las autoridades territoriales podrán ampliar por un término de 30 días el periodo institucional de los gerentes o directores de Empresas Sociales del Estado que termina en marzo de 2020.
En caso de que el alcalde o gobernador decida no ampliarlo, deberá nombrar al gerente o director al finalizar el que se encuentra en curso.
Si decide hacerlo, una vez finalizados los 30 días hábiles tendrá que nombrar el nuevo gerente o director. Estos son designados por períodos institucionales de cuatro años mediante concurso de méritos que deberá realizarse dentro de los tres meses, contados desde el inicio del período del Jefe de la Entidad Territorial respectiva, según el caso.