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Ministerio de Salud y Protección Social

En 2015 aumentó en 990.385 personas el número de afiliados al sistema de salud

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 En 2015 aumentó en 990.385 personas el número de afiliados al sistema de salud

Ministerio de Salud y Protección Social > En 2015 aumentó en 990.385 personas el número de afiliados al sistema de salud

Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe

14/04/2016
Boletín de Prensa No 069 de 2016

​- La población cubierta pasó de 46 millones a 47 millones de personas.

Bogotá (D.C.), 11 de abril de 2016.- Al comparar los meses de diciembre de los años 2014 y 2015, la afiliación al Sistema General Seguridad Social en Salud (SGSSS) se incrementó en 990.385 personas, de las cuales 693.253 correspondieron al Régimen Contributivo y 297.132 al Régimen Subsidiado.

Durante la audiencia pública de rendición de cuentas de 2015, el Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe, precisó que en consecuencia, la población cubierta pasó de 46.04 millones a 47.03 millones en el período analizado, y la cobertura del 96,6% al 97,6%.

El 44.5 % de la población total se encuentra afiliada al régimen contributivo,  el 48.1 % al régimen subsidiado y el 5% a los regímenes especiales y de excepción.

Para la población sin afiliar

El Ministerio de Salud y Protección Social dispone anualmente recursos financieros complementarios suficientes para que las entidades territoriales procedan a la afiliación de la población pobre no asegurada (PPNA) al Régimen Subsidiado del Sistema.

De otro lado también se disponen recursos de oferta para garantizar su atención mientras se surte el proceso de afiliación, razón por la cual esta población -a pesar de no estar en el esquema de aseguramiento- no se encuentra desprotegida en caso de requerir alguna atención.

Reglas de afiliación al SGSSS

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 2353 de 2015, por el cual se unifican y actualizan reglas de afiliación al sistema de salud, se crea el sistema de afiliación transaccional y se definen los instrumentos para garantizar la continuidad de la afiliación y el goce efectivo del derecho a la salud.

Este decreto es un avance en la protección del derecho a la salud porque recoge el espíritu de la Ley Estatutaria en cuanto a la cobertura del aseguramiento, la continuidad en la afiliación y la prestación de servicios dentro del sistema.

Propósitos del Decreto

•    Unificar y actualizar las reglas de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud y del reporte de las novedades en los datos o en las condiciones de los afiliados.

•    Definir los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliación y el goce efectivo del derecho a la salud, tales como la movilidad, la protección laboral y la protección al cesante, la cobertura de servicios en mora generada en el empleador.

•    Crear el Sistema de Afiliación Transaccional, con el fin de facilitar los trámites del afiliado ante el Sistema, garantizar oportunidad en la respuesta y hacer transparente la información relacionada.

Principales características

•    Ratifica los deberes de los afiliados con respecto al suministro de información clara, completa, suficiente y oportuna, pago de aportes, pago de copagos y cuotas moderadoras.

•    Crea un mecanismo que reduce los trámites de afiliación y de reporte de novedades y elimina condiciones que afectan el acceso a los servicios de salud de los afiliados.

•    Garantiza la plena identificación de los afiliados mediante la validación de los datos básicos de identificación con tablas de referencia provistas por las entidades responsables de la expedición de documentos de identidad a nacionales y extranjeros.

•    Declara expresamente la mala práctica: negar la afiliación, promover o inducir a la elección de una determinada EPS, promover el traslado, no excluir de los subsidios a las personas que no cumplen los requisitos, adulteración o uso indebido de las bases de datos de afiliados.

•    Con el Sistema de Afiliación Transaccional se eliminan los trámites innecesarios y engorrosos que limitaban la libre escogencia de EPS, la afiliación de beneficiarios el traslado y el acceso a los servicios de salud.

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