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Ministerio de Salud y Protección Social

MinSalud convoca a organizaciones para la implementación de procesos de atención integral a las mujeres tutelantes, sus familias y red de apoyo social, reconocidas en la sentencia T-045 de 2010.

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 MinSalud convoca a organizaciones para la implementación de procesos de atención integral a las mujeres tutelantes, sus familias y red de apoyo social, reconocidas en la sentencia T-045 de 2010.

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09/01/2024
Boletín de Prensa No 02 de 2024

Bogotá, enero 5 de 2024 El Ministerio de Salud y Protección Social, en cumplimiento de la Sentencia T045 de 2010, convoca a organizaciones asociadas interesadas en dar continuidad a la implementación de la atención integral de las mujeres tutelantes, sus familias y red de apoyo social, a través de acciones que estén orientadas específicamente a la atención psicosocial y a la gestión para la atención integral en salud, contribuyendo a sus procesos de reparación integral, así como para el seguimiento a los procesos de atención psicosocial de la comunidad Salaera.

El valor total para esta implementación es TRES MIL SEISCIENTOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS MCTE ($3.600.495.846), IVA incluido y demás impuestos, gastos, derechos, contribuciones y costos directos e indirectos resultantes. Entre tanto, las organizaciones participantes de este proceso deben ser entidades con experiencia en el campo [o una unión temporal o consorcio conformado exclusivamente por Entidades Sin Ánimo de Lucro] y deberán comprometer recursos en dinero para la ejecución de esas actividades en una proporción no inferior al 30% del valor total del convenio, los cuales pueden ser recursos propios o de cooperación internacional que se administrarán de manera independiente y se ejecutarán exclusivamente en las actividades del convenio.

Las organizaciones interesadas en participar de esta convocatoria deberán:

  1. Leer los documentos de convocatoria pública y resumen técnico que puede descargar aquí.
  2. Diligenciar los formatos correspondientes que puede descargar aquí. Y mencionar, en el Formato No. 1., si es de su interés o no realizar el aporte económico mencionado. En caso de ser positiva la respuesta, es necesario tener en cuenta que:
    • El valor que aporte la ESAL [o Unión Temporal o Consorcio conformado exclusivamente por Entidades Sin Ánimo de Lucro], debe obedecer a recursos propios o de cooperación internacional. Para el primer caso, los recursos deben reflejarse en el patrimonio líquido de la Organización y para el segundo caso, deben tener una destinación específica al proyecto, esto es, manifestación expresa del Organismo Cooperante donde se indique que la cooperación está destinada a financiar proceso de atención psicosocial y gestión para la atención integral en salud a Víctimas reconocidas en las nueve (9) sentencias de supervisión conjunta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
    • El valor que aporte la ESAL [o Unión Temporal o Consorcio conformado exclusivamente por Entidades Sin Ánimo de Lucro], debe obedecer a recursos propios o de cooperación internacional. Para el primer caso, los recursos deben reflejarse en el patrimonio líquido de la Organización y para el segundo caso, deben tener una destinación específica al proyecto, esto es, manifestación expresa del Organismo Cooperante donde se indique que la cooperación está destinada a financiar el cumplimiento de la Sentencia T045 de 2010 y así dar continuidad a la implementación de la atención integral de las mujeres tutelantes, sus familias y red de apoyo social, a través de acciones que estén orientadas específicamente a la atención psicosocial y a la gestión para la atención integral en salud, contribuyendo a sus procesos de reparación integral, así como para el seguimiento a los procesos de atención psicosocial de la comunidad Salaera.
    • El valor que aporte la ESAL [o Unión Temporal o Consorcio conformado exclusivamente por Entidades Sin Ánimo de Lucro] debe distribuirse proporcionalmente durante todo el tiempo de ejecución del Convenio a suscribirse, es decir, hasta el 10 de diciembre de 2024.
    • Los recursos que aporte la ESAL [o Unión Temporal o Consorcio conformado exclusivamente por Entidades Sin Ánimo de Lucro], por corresponder a dinero desembolsable, deben manejarse en cuenta bancaria independiente y al inicio de cada vigencia, deben estar dispuestos en dicha cuenta, la totalidad de los recursos presupuestados para el ejercicio contable.

 

Enviar la documentación solicitada con los Formatos (1, 2, 3, 4 y 5) que puede descargar aquí  a los correos: drivera@minsalud.gov.co y mcamelo@minsalud.gov.co

 

Cronograma para tener en cuenta:

ACTUACIÓNFECHA Y HORALUGAR
Publicación aviso 5 al 10 de enero de 2024 Página web del MSPS
Recibo de observaciones o solicitud de aclaraciones Hasta el 10 de enero de 2024

Correos:

drivera@minsalud.gov.co

mcamelo@minsalud.gov.co

Documento de respuesta a las observaciones recibidas.11 de enero de 2024

Correos:

drivera@minsalud.gov.co

mcamelo@minsalud.gov.co

Entrega de ofrecimiento 12 de enero de 2024

Correos:

drivera@minsalud.gov.co

mcamelo@minsalud.gov.co

Verificación de requisitos jurídicos, técnicos y financieros y criterio ponderable.12 al 15 de enero de 2024Equipo designado por el Ministerio- Oficina de Promoción Social
Comunicación de verificación15 de enero de 2024correos reportados
observaciones16 de enero de 2024correos reportados
Respuesta a las Observaciones y comunicación de intención de adelantar contratación directa17 de enero de 2024correos reportados


 

 

 


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