Bogotá, 15 de junio de 2022. –El Ministerio de Salud y Protección Social
alerta a las alcaldías, gobernaciones y a las Empresas Sociales del Estado, que
este Ministerio no financia proyectos que contengan temas de gestión del
riesgo no sanitario, mobiliario empresarial, social, tecnológico o informático,
así como tampoco lo relacionado con alimentos (kits de mercado),
equipamiento laboral o de Seguridad y Salud en el Trabajo, teniendo en cuenta
que este Ministerio no tiene la competencia para recibir, tramitar o asignar
recursos para dichos temas. Para el trámite de los proyectos NO SE
REQUIEREN NI ACEPTAN INTERMEDIARIOS.
Para las iniciativas relacionadas con infraestructura de salud y la dotación de
equipos biomédicos, es necesario atender lo dispuesto en las Resoluciones
2053 de 2019 y 3100 de 2019 y deberán ser presentados a través de la
Secretaría de Salud Departamental o Distrital correspondiente.
De otro lado, informamos que este Ministerio, de manera periódica y durante
las diferentes vigencias fiscales, efectúa a través de resoluciones ministeriales,
la distribución de recursos de su presupuesto de funcionamiento que
corresponden al Sistema General de Participaciones para Salud - SGP.
Cabe señalar que el SGP está constituido por los recursos que la Nación
transfiere a las entidades territoriales, para la financiación de los servicios cuya
competencia les asignó la ley y que permiten cofinanciar el Régimen
Subsidiado, actividades de salud pública y los subsidios a la oferta. Con estos
recursos NO SE FINANCIAN proyectos de infraestructura hospitalaria,
dotación de equipos biomédicos, ambulancias o la compra de kits de mercados.
De acuerdo con lo anterior, se invita a la comunidad y más aún, a los
servidores públicos, para que en los términos del Artículo 67 de la Ley 906 de
2004, se dispongan a presentar las denuncias que corresponden ante la
autoridad competente, sin perjuicio de la observancia de las acciones
administrativas y/o disciplinarias a que haya lugar.