Audio del ministro Fernando Ruiz.
Barranquilla, 11 de noviembre de 2021. – El ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez, participó en el XIII Conversatorio Nacional de la Especialidad Laboral y de la Seguridad Social. En su presentación titulada "Reflexiones en torno a la protección por incapacidad médica del trabajador", se refirió a los alcances de la protección económica y asistencial de la salud de los trabajadores, y la estabilidad laboral reforzada.
El jefe de la cartera de Salud se refirió al reconocimiento de incapacidades temporales está a cargo de las entidades responsables del aseguramiento de acuerdo con el origen de esta: de origen común, a cargo de las EAPB y de origen laboral, a cargo de las ARL.
Desde el punto de vista del alcance de las prestaciones asistenciales por incapacidades de origen común, corresponden a cualquier servicio y tecnología en salud disponibles y aprobados en el país a que tienen derecho los afiliados al SGSSS, debiendo ser garantizados por parte de la EPS.
Desde el punto de vista del alcance de las prestaciones asistenciales por incapacidades de origen laboral, esto corresponde a asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica; servicios de hospitalización; servicio odontológico; suministro de medicamentos; servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento; prótesis y órtesis, su reparación, y su reposición solo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomienda; rehabilitaciones física y profesional; gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios.
De acuerdo con la información reportada, detalló el ministro, anualmente, por las EPS, de 2015 a 2020 se registran 25 millones de incapacidades no mayores de 30 días. "En 2020, se evidenció, por primera vez una variación negativa en la expedición de incapacidades como consecuencia de las medidas tomadas para afrontar la pandemia por covid-19", sostuvo.
Y, en el ámbito laboral, entre 2009 y el primer semestre 2020, se presentaron 3.734.907 casos de incapacidad temporal laboral.
Respecto a las principales dificultades en la expedición de las incapacidades temporales, el ministro Ruiz Gómez señaló las "barreras administrativas en la gestión de las incapacidades, definición tardía en la determinación del origen de la incapacidad, traslape de incapacidades de los diferentes orígenes (común y laboral), falta de trazabilidad entre los diferentes actores, posibles fraudes, cobros y pagos duplicados, incompatibilidad del software de información de los diferentes actores, insuficiente entrenamiento en los profesionales de salud al momento de expedir la incapacidad y el desconocimiento por parte del profesional de salud, al momento de interrogar al paciente sobre el probable origen del evento que está atendiendo".
Adicionalmente, "los vacíos normativos y diferencias conceptuales entre los agentes y actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud en relación con el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas derivadas de incapacidades por enfermedad general, así como de las licencias de maternidad y de paternidad", y explicó que se trata de un manejo de dos ministerios, y, esto conlleva a que la persona pueda solicitar una incapacidad temporal en diferentes IPS en un mismo día.
"Además que la EPS solicita documentos que contiene información sensible de la historia clínica para el pago de la incapacidad; el empleador no puede consultar la veracidad de una incapacidad; el pago de las prestaciones económicas derivada de una incapacidad temporal no es claro ni tampoco expedito", agregó.
Finalmente, el ministro Fernando Ruiz sostuvo que existen retos en este sentido, como el de implementar el sistema de información interoperable de incapacidades de origen común y laboral con trazabilidad desde la expedición de la incapacidad o licencia hasta el pago de esta. Así como establecer las condiciones para el reconocimiento y pago de incapacidades de origen común, delimitando los requisitos que se deben cumplir, el talento humano en salud idóneo y el procedimiento para su validación.
Y reiteró la importancia del trabajo entre Consejería Presidencial, Mintrabajo y Minsalud en aspectos de discapacidad, y definir aquellas que ameriten una protección especial. "El principal responsable de la protección social es el Estado, no son los empleadores, pero estos sí deben tener una consideración particular frente al trabajador. Aquí tenemos un reto sustancial y como Ministerio tenemos toda la disponibilidad de trabajarlo y avanzar para darle al país la posibilidad de una reglamentación más adecuada para todos", finalizó.