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Ministerio de Salud y Protección Social

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Abordaje integral de las violencias de genero

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos​​​​

Todas las víctimas de violencias de género en Colombia tienen derecho a recibir un trato digno y una atención integral en salud física y mental y a contar con protección y justicia para restituir sus derechos sin importar su edad, sexo, credo, etnia, orientación sexual, identidad de género o cualquier otra condición. Por esta razón, todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para dar cumplimiento a los mandatos legales, deben adelantar acciones de promoción, prevención, atención y restitución de los derechos en salud a las víctimas de violencias de género, a la vez que deben incentivar la participación comunitaria y la movilización social en torno a los derechos sexuales y derechos reproductivos para visibilizar la problemática en el territorio nacional e impulsar estrategias de no tolerancia  a cualquier tipo de violencia.

En este sentido, el Ministerio de Salud y Protección Social ha priorizado como un asunto de interés en salud pública el abordaje integral de las violencias de género y para ello desarrolla las siguientes estrategias:

  1. Desarrollo de capacidades: comprende el fortalecimiento y la actualización de las capacidades del personal y de las instituciones de salud, fomentando los conocimientos, las competencias y las habilidades de los y las funcionarias para que ofrezcan una atención digna, respetuosa y efectiva a las víctimas. De igual manera, se incide en las instituciones para que revisen, ajusten e implementen sus políticas internas, desde los enfoques de derechos humanos, género y diferencial.

  2. Acciones de formación: se destacan aquellas relacionadas con la capacitación en promoción de los derechos sexuales y derechos reproductivos, la implementación del Modelo y Protocolo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual, la toma de muestras médico legales, la inclusión del enfoque psicosocial en la atención de las víctimas de violencia sexual dentro y fuera del conflicto armado, lineamientos técnicos para la atención a las víctimas de ataques con agentes químicos; la movilización social para prevenir las violencias de género, la construcción de rutas intersectoriales de atención integral y el uso de los kits post-exposición en casos de violencias sexuales.

  3. Asistencia técnica: se dirige al abordaje integral de las violencias que se realizan en el ámbito Nacional, Departamental y Territorial donde se incluye la incorporación de las estrategias de promoción de los derechos sexuales y derechos  reproductivos y derechos de las víctimas y la prevención y atención integral de las violencias de género. Esta asistencia incluye la articulación intersectorial y la construcción de rutas para la atención integral de las violencias.

  4. Articulación intersectorial: para que las víctimas puedan recibir una atención integral que incluye la restitución de los derechos vulnerados y la garantía de no repetición del evento, el Ministerio de Salud y Protección Social, trabaja de manera articulada con otros sectores para fortalecer acciones y construir rutas que benefician a las víctimas y empoderan a la comunidad en el reconocimiento y exigibilidad de sus derechos. Esta articulación permite identificar barreras que limitan el acceso al abordaje integral y formular planes de acción conjuntos con estrategias que responden a las necesidades y condiciones de las víctimas y a las particularidades de municipios, distritos y departamentos.

    La extensa normatividad y jurisprudencia que se ha producido en el país para responder a las violencias de género, sustenta la necesidad de establecer esta articulación intersectorial y, por ello, el Ministerio ha acompañado iniciativas que buscan organizar los diferentes comités en los que se tratan los temas relacionados con violencias de género y violencias sexuales, con la pretensión de aunar esfuerzos y fortalecer las acciones orientadas a la prevención, atención, judicialización, desarrollo de sistemas de información e incidencia sobre las violencias.  De este modo, se conformó inicialmente una estrategia inter comités, con un comité coordinador y tres subcomités que facilitan la planeación y el desarrollo de las gestiones: prevención, atención y sistemas de información.

    A partir de la estrategia de las Bases del Plan Nacional de desarrollo se ha fortalecido el Mecanismo Nacional de Coordinación Intersectorial e Interinstitucional para el Abordaje Integral de las Violencias de Género, liderado por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICB.

  5. Movilización social: el Ministerio de Salud y Protección Social ha gestionado diferentes estrategias de movilización social para prevenir las violencias de género, las cuales han tenido como propósito general la transformación de los imaginarios, creencias y prácticas que naturalizan y legitiman las violencias de género.

    Se ha consolidado y validado una estrategia de movilización social que se presenta en la Guía de comunicación y movilización social para la prevención de las violencias de género a partir de procesos de construcción colectiva desde el contexto local donde participan tanto organizaciones de la sociedad civil como las entidades con competencias en el abordaje de las violencias de género.

  6. Gestión del Conocimiento: considerado como aspecto estratégico para contar con información válida, oportuna y confiable sobre el comportamiento y dinámicas de las violencias de género en el país que permitan orientar la formulación de política pública en el tema, el Ministerio de Salud cuenta con la línea de Violencias de Género en el Observatorio Nacional de Violencia. Dentro de las herramientas de información que hacen parte de este observatorio están: el Sistema Integrado de Información de Violencias de Género (SIVIGE) que permite la interoperabilidad con diferentes fuentes de información del país sobre el comportamiento de las violencias de género y la respuesta institucional para el restablecimiento de los derechos; el Sistema de Gestión del Abordaje Integral de las Violencias de Género en el territorio nacional, que se encarga de sistematizar las acciones realizadas por el sector salud en violencias de género desde los diferentes agentes del sistema: Ministerio de Salud y Protección Social, Entidades Territoriales de Salud, Empresas Administradoras de Planes de Beneficios e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y los indicadores para la medición de las violencias de género. 

Documentos relevantes

Instrumentos Internacionales: Colombia al hacer parte de la ONU y de la OEA ha asumido compromisos con la protección y garantía de los derechos humanos, que ha ratificado a través de diversos instrumentos jurídicos que se inscriben en el bloque de constitucionalidad. En ese sentido, el Estado colombiano se obliga a cumplir con los instrumentos internacionales que promueven la eliminación de toda discriminación y violencias contra las mujeres para lograr la equidad de género.

Lo más destacados son:

No obstante, dentro de esta amplia gama de instrumentos internacionales se encuentran también: 

Tratados y convenciones internacionales

  •  Del Sistema Universal (TYC- SISTEMA UNIVERSAL)
    • Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) y Protocolo Facultativo de la CEDAW (1999).
    • Protocolo Facultativo de la Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer CEDAW (1999).
    • Convención sobre los Derechos del Niño (OEA, 1989).
    • Protocolos facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño relativos a la participación de niños en los conflictos armados y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía
    • Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional
  • Del Sistema Interamericano
    • Convención Americana de derechos humanos (Pacto de San José)
    • Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores (OEA, 1994).
  • Declaraciones y Conferencias
    • Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.
  • Recomendaciones y Resoluciones Internacionales
    • Resolución 1325 de 2000 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: aborda el efecto desproporcionado y singular del conflicto armado en las mujeres.
    • Resolución 1820 de 2008: establece la violencia sexual en los conflictos como crimen de guerra y exige que las partes en un conflicto armado adopten las medidas apropiadas para proteger a los civiles de todas las formas de violencia sexual.
    • Recomendación 19 de la CEDAW la violencia contra la mujer 1992
    • Informe periódico séptimo y octavo combinados Colombia 2013 C/COL/CO/7-8 CEDAW
    • Recomendación general núm. 31 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y observación general núm. 18 del Comité de los Derechos del Niño sobre las prácticas nocivas, adoptadas de manera conjunta 2014 C/GC/31/CRC/C/GC/18
  • Informes periódicos cuarto y quinto combinados Colombia 2015 CRL/C/COL/CO 4.5
Normatividad

Normas Nacionales: Desde hace más de una década, el Estado colombiano a través del legislador ha sancionado una serie de leyes que buscan proteger los derechos, prevenir y atender las violencias de género y en particular las violencias sexuales que afectan a poblaciones vulnerables como mujeres, niñas, niños y adolescentes y víctimas del conflicto armado, en las que se determinan obligaciones a los diferentes sectores y se dispone la articulación intersectorial. Algunas de estas normas que son referente para el abordaje integral desde el SGSSS, son:

Leyes

  • Sistema General de Seguridad Social en Salud:
    • Ley 1438 de 2011. Artículo 54. Gratuidad en la prestación de servicios de salud
    • Ley 1616 de 2013, por la cual se expide la ley de salud mental.
  • Violencias de género:
    • Ley 294 de 1996, relacionada con la prevención y sanción de la violencia intrafamiliar.
    • Ley 360 de 1997, que modifica el código penal en lo concerniente a los delitos contra la libertad y pudor sexual.
    • Ley 679 de 2001, por la cual se expide un estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores.
    • Ley 985 de 2005, que adopta las medidas contra la trata de personas y normas para la atención y protección de las víctimas de la misma.
    • Ley 1098 de 2006, correspondiente al código de infancia y adolescencia.
    • Ley 1146 de 2007, relacionada con las normas para la prevención de la violencia sexual y atención integral de niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente.
    • Ley 1251 de 2008, que dicta normas para procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores.
    • Ley 1257 de 2008, de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres.
    • Ley 1336 de 2009, que adiciona y robustece la Ley 679 de 2001 de lucha contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes.
    • Ley 1329 de 2009, que dicta disposiciones para contrarrestar la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
    • Ley 1448 de 2011, por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno.
    • Ley 1542 de 2012, que busca garantizar la protección y diligencia en la investigación de los presuntos  delitos de violencia contra la mujer.
    • Ley 1639 de 2013, que aumenta las penas para los atacantes con ácido o agentes químicos.
    • Ley 1719 de 2014, por la cual se adoptan medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial la violencia sexual con ocasión del conflicto armado.
    • Ley 1761 de 2015, por la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo.
    • Ley 1773 de 2016, con la cual se modifica la ley 599 de 2000 y  906 de 2004, y crea un delito autónomo  para las lesiones con ácido u otros agentes químicos.

Actos administrativos

  • Decretos
    • Decreto 4463 de 2011, que reglamenta la Ley 1257/2008 y elimina la discriminación salarial contra la mujer.
    • Decreto 4796 de 2011, que reglamenta parcialmente de la Ley 1257/2008
    • Decreto 4799 de 2011, que reglamenta parcialmente las leyes 294/1996; 575/2000 y 1257/2008.
    • Decreto 552 de 2012, que crea la comisión intersectorial para la prevención del reclutamiento y utilización de niños, niñas, adolescentes y jóvenes por grupos organizados al margen de la ley.
    • Decreto 1033 de 2014, por el cual se fortalecen las medidas de protección a la integridad de las víctimas de crímenes con ácido.

Resoluciones

Instrumentos de Política Pública

Jurisprudencia Nacional

  • Sentencias de  constitucionalidad
    • Sentencia 355 de 2006 Interrupción Voluntaria del Embarazo
    • Sentencia 636 de 2009, valor constitucional del tipo penal de “inducción a la prostitución”.
    • Sentencia 438 de 2013, ley de atención, asistencia y reparación integral de víctimas del conflicto armado-ayuda humanitaria/asistencia humanitaria a las víctimas-régimen jurídico/asistencia humanitaria-concepto/asistencia humanitaria-
    • Sentencia 867 de 2014 derechos de víctimas de violencia sexual a no ser sometidos a pruebas repetitivas-inhibición para pronunciarse de fondo sobre la constitucionalidad de la disposición demandada
    • Sentencias 754 de 2015 Protocolo Atención integral y gratuita en salud de personas víctimas de violencia sexual.
    • Sentencia 327 de 2016, deber de la protección de la vida desde la concepción.
  • De Tutela
    • T 740 Discapacidad – Acción de tutela para ordenar practica de procedimientos de anticoncepción definitivos en mujeres con discapacidad mental-evolución jurisprudencial.
    • T 025 Agencia oficiosa en tutela-asociaciones de desplazados/agencia oficiosa en tutela-condiciones para que las asociaciones de desplazados interpongan la acción.
    • T 045 víctima de conflicto armado interno que ostenta la calidad de desplazado-goza de una protección constitucional reforzada.
    • T 843 derecho de los niños, niñas y adolescentes a no ser objeto de ninguna forma de violencia-especialmente de violencia sexual.
    • T 973 de 2011 Menor discapacitado y víctima de desplazamiento forzado-protección.
    • T 438 de 2013 ley de atención, asistencia y reparación integral de víctimas del conflicto armado-ayuda humanitaria/asistencia humanitaria a las víctimas-régimen jurídico/asistencia humanitaria-concepto/asistencia humanitaria-
    • T 595 de 2013, derechos de las víctimas a la verdad, justicia y reparación: protección integral.
    • T 967 de 2014, violencia contra la mujer como causal de divorcio.
    • T 418 de 2015 derechos de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos-reiteración jurisprudencial.
    • T 677 víctimas de violencia sexual en el conflicto armado-caso de madre e hijo que fueron accedidos carnalmente por miembros de un grupo al margen de la ley
    • T 012 de 2016 Discriminación y violencia contra la mujer-caso de mujer víctima de violencia física y psicológica producida por los malos tratos de su esposo
  • Unificación
    • SU659 de 2015, acción de tutela contra providencias judiciales para la protección especial a las mujeres y la lucha en contra de la violencia de género.
  • Autos
    • Auto 251 de 2008, protección de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes desplazados por el conflicto armado.
    • Auto 092 de 2008, adopción de medidas para la protección a mujeres víctimas del desplazamiento forzado por causa del conflicto armado.
    • Auto 028 de 2013, implementación del programa de prevención de la violencia sexual contra la mujer desplazada y atención integral a sus víctimas.
    • Auto 009 de 2015, seguimiento del auto 092/2008.
Guías y protocolos

El Ministerio de Salud y Protección Social para garantizar una atención integral que contemple la promoción de los derechos y la equidad de género, la detección temprana y la prevención de las violencias y que permita dar respuesta efectiva a las necesidades de las víctimas según su condición y tipo de violencia, ha desarrollado y exigido el cumplimiento a todas las instituciones de salud de las siguientes guías y protocolos:

Asimismo ha dispuesto para consulta y orientación, material pedagógico como las cartillas de movilización social para la prevención de las violencias y para el uso de los kit de profilaxis post-exposición en casos de violencia sexual.

Vigilancia en salud pública

Línea de Violencias de Género – Observatorio Nacional de Violencias

El Instituto Nacional de Salud, organismo adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social, tiene establecido el Sistema de Vigilancia en Salud Pública de las Violencias de Género en el que se realiza monitoreo continuo y sistemático a este tipo de violencias. Este sistema de información está incorporado al SISPRO y al SIVIGE. El sistema cuenta con el protocolo y la ficha de registro:  

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