En el marco del reconocimiento que hace la Constitución Nacional y el Bloque de Constitucionalidad, de los Derechos Sexuales y los Derechos Reproductivos y siguiendo los postulados de la PNSDSDR, partiendo de la separación de los campos de la sexualidad y la reproducción, la interpretación de los Derechos en la población de adolescentes y jóvenes pasa por:
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Disfrute pleno de la sexualidad
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Ausencia de violencia, coacción o abuso
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Acceso a servicios de salud sexual y salud reproductiva de calidad y amigables
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Autodeterminación reproductiva
Los Derechos Sexuales y los Derechos Reproductivos han avanzado en el mundo y en Colombia desde una perspectiva negativa:
El Derecho a que no nos vulneren. Es hora de que adolescentes y jóvenes vivan los Derechos desde una perspectiva positiva:
El Derecho a disfrutar de la sexualidad y autodeterminar la reproducción.
Sobre niñas, niños y adolescentes la Corte Constitucional afirma que: “... Los niños no son propiedad de nadie: ni son propiedad de sus padres, ni son propiedad de la sociedad. Su vida y su libertad son de su exclusiva autonomía. Desde que la persona nace está en libertad y la imposibilidad física de ejercitar su libre albedrío no sacrifica aquélla...” (Corte Constitucional. Sentencia T-477 de 1995). Con esta base, y entendiendo que el Derecho a la Libertad está ligado a la autonomía progresiva, coincidente con la edad y el desarrollo de las personas, se establece que el derecho a la salud sexual y salud reproductiva se debe prestar a quien la solicite, siempre guardando la confidencialidad. También que es un papel del Estado la promoción de los Derechos Sexuales y Reproductivos y la educación para la Sexualidad en tanto que esto posibilita el desarrollo de la autonomía progresiva y permite la creación de relaciones democráticas sin exclusión y no discriminación.