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Ministerio de Salud y Protección Social

Más de 60 billones de pesos de los impuestos de los colombianos se regalarían a las ya cuestionadas EPS durante los próximos 5 años en la ponencia alternativa: un golpe al financiamiento del derecho fundamental de la salud

 Más de 60 billones de pesos de los impuestos de los colombianos se regalarían a las ya cuestionadas EPS durante los próximos 5 años en la ponencia alternativa: un golpe al financiamiento del derecho fundamental de la salud

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26/09/2025
Boletín de Prensa No 118-2025

Bogotá D.C., 26 de septiembre de 2025 – El Ministerio de Salud y Protección Social pone en conocimiento de la opinión pública que, la ponencia alternativa de la reforma a la salud radicada esta semana: 

  • Mantiene la intermediación financiera y el manejo discrecional de los recursos de la salud del pueblo colombiano por parte de las EPS: pese a que los informes oficiales recientes han demostrado la creciente insolvencia financiera de estas entidades, la ineficiencia en la gestión del gasto y la enorme deuda con los hospitales, clínicas y proveedores.

  • El Consejo Nacional de Salud, cuya naturaleza es consultiva, sustituye las funciones constitucionales del Ministerio de Salud:  Define y no recomienda en temas de política en salud, que corresponden constitucionalmente al gobierno a través del Ministerio de salud y protección social, en temas claves como Plan de beneficios, tecnologías, Unidad de Pago por Capitación (UPC), entre otros.

  • El Estado financiará el patrimonio de privados a través de la Unidad de pago por capitación (UPC): La UPC deja de ser una prima que garantiza la financiación de los servicios y tecnologías en salud definidos en el PBS para ser un instrumento que fortalece el patrimonio de privados. (Art. 16, No 2 Ponencia Alternativa). “(...) Ser suficientes para cubrir los costos operativos asociados, incluyendo, además, los costos de afiliación, administración y mecanismos para el fortalecimiento patrimonial que permitan el cumplimiento de los indicadores financieros establecidos”. (Art. 16, No 3 Ponencia Alternativa). “La UPC debe contribuir a la sostenibilidad financiera del sistema … permitiendo a los diferentes actores del sistema operar sin déficit”.

  • La última instancia de la validación del cálculo de la UPC estará a cargo de una universidad extranjera: “Los estudios necesarios para definir el cálculo de la UPC y el valor de los servicios y tecnologías (…), tendrán que ser desarrollados por una Universidad pública y una privada (…), las cuales deberán definir conjuntamente una metodología para el cálculo actuarial de que trata este artículo, emitiendo un resultado unificado a la universidad internacional (…), para la validación (…)”. (Art. 16 Ponencia Alternativa).

  • Privilegia indebidamente a las EPS insolventes: premiandolas con el pago de sus deudas, con los impuestos del pueblo durante los próximos 5 años, por más de 60 millones de millones de pesos con los impuestos saludables, el IVA social y un punto del PIB. Esto significaría perpetuar un modelo de intermediación que concentra y devora los recursos sin controles efectivos, acelerando el colapso del sistema de salud y dejando en segundo plano la atención oportuna, la prevención y la vida de los colombianos.

  • Chequera ilimitada a las EPS: No contentos con esto, obligan al Estado a responder por cualquier exceso en el gasto que tengan las EPS por UPC o por presupuestos máximos, que la ADRES debe registrar sin auditar en sus pasivos y al Ministerio de Hacienda a responder en un plazo máximo de 30 días calendario (Art. 17 Ponencia Alternativa).

  • Niega el régimen especial para proteger los derechos de los trabajadores de la salud aprobado por la Cámara de Representantes: la ponencia desconoce la necesidad de formalización laboral, considera que el pago por servicios de salud no debe incluir el mejoramiento de las condiciones de los trabajadores y los condena a continuar en condiciones laborales de precariedad.

  • Quita los recursos para financiar el pago por maternidad a mujeres no cotizantes, establecido y aprobado por la cámara de representantes: más de 300 mil madres en situación de vulnerabilidad y sus hijos recién nacidos, se verían afectados y desprotegidos, al no recibir medio salario mínimo por tres meses para su protección.

  • No habrá pago directo: Ya no se le pagará directamente a clínicas, hospitales y proveedores, como propone la reforma a la salud del Gobierno Nacional y aprobada por la Cámara de Representantes en dos ocasiones, sino que son las EPS quienes seguirán decidiendo a quién, cuándo y cuánto pagar, sin controles efectivos sobre este gasto.

  • Se destruye la atención primaria: la propuesta, obliga al Gobierno nacional a conseguir recursos adicionales para financiar la atención primaria, el subsidio a la oferta, el plan de intervenciones colectivas, el fortalecimiento de la red pública y los servicios sociales complementarios, trasladando cargas fiscales adicionales al Estado sin tocar la estructura de privilegios de las EPS en un franco incumplimiento a la normatividad vigente, Ley Estatutaria 1751 de 2015 y la Ley 1438 del 2011.

  • Eliminación de la cuenta de fortalecimiento de la red pública hospitalaria: dejando sin posibilidades de operatividad a la gran mayoría de hospitales públicos que no podrán subsistir con venta de servicios.

  • Desconoce la autonomía territorial y la descentralización administrativa: se salta la autoridad sanitaria nacional, departamental, distrital y municipal en la conformación de las redes y delega a las EPSs la organización, gestión y contratación de la red prestadora de servicios de salud, con lo que seguirán enviando a los afiliados a donde más le convenga por negocio y no, donde lo necesite el paciente, eliminando el derecho de la libre elección de los ciudadanos. (Art. 26 No. 4. Ponencia Alternativa).

  • Mantiene el negocio de la integración vertical: se establecen diversos condicionantes que imposibilitan su prohibición efectiva. (Art. 26. Ponencia Alternativa) “dependiendo de las condiciones de suficiencia y capacidad instalada de prestadores de servicios de salud en el territorio donde opera la gestora de salud y vida”.

  • Continúa discriminando a más de la mitad de los colombianos: Mantienen segmentada la población con un trato desigual en los Regímenes Contributivo y Subsidiado, incumpliendo con la Sentencia T- 760/08.

  • Elimina las unidades zonales de planeación y evaluación en salud del orden departamental y distrital: que permitirían el manejo eficiente de los recursos asignados y la evaluación de la atención primaria en salud, así como, la asistencia técnica a los municipios en la planeación en salud. Con los recursos, se incluiría el fortalecimiento de los laboratorios de salud pública, así como el desarrollo gradual de capacidades de gestión a entidades de mayor ruralidad y dispersión poblacional.

Estos son tan solo algunos de los retrocesos que contiene la Ponencia Alternativa. En consecuencia, el Ministerio de Salud y Protección Social, advierte que seguirá insistiendo por una Reforma que ponga en el centro la vida de las personas, que asegure el uso transparente y eficiente de los recursos y que materialice el derecho fundamental de la salud.

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