Boletín de Prensa No 086 de 2011
Bogotá, 5 de abril de 2011. Con el fin de facilitar las acciones de vigilancia sanitaria en puertos marítimos y conocer los lineamientos para la toma de muestras para la detección de cólera a nivel nacional, el Ministerio de la Protección Social elaboró el ‘Protocolo para toma de muestras para determinar Vibrio Cholerae en aguas residuales, de lastre y otras’.
El documento, se elaboró teniendo en cuenta que los reportes de la Organización Mundial de la Salud señalan la presencia de casos de cólera en algunos países y de que se trata de una enfermedad reemergente caracterizada por la infección del tracto gastrointestinal al consumir alimentos o aguas contaminados con el bacilo Vibrio Cholerae, lo que ocasiona una enfermedad diarreica aguda severa.
Debido al rápido tiempo de incubación, que puede ir de pocas horas hasta los 5 días, su alta virulencia, su fácil medio de trasmisión (fecal-oral), y la capacidad de generar brotes, la enfermedad colérica es considerada como un problema de salud pública, siendo esta una de las enfermedades contempladas en el Reglamento Sanitario Internacional de especial vigilancia y obligatorio reporte.
Tres métodos
Teniendo en cuenta que existen diferentes métodos para la toma de muestras, este Protocolo relaciona tres: el que se realiza con solución peptonada, eficaz cuando se hace en aguas estancadas; el del Hisopo de Moore, útil para buscar Vibrio Cholerae en aguas residuales, industriales, de puertos, aeropuertos, plantas de tratamiento de aguas residuales, terminales de buses y de aguas superficiales de ríos y, el tercero, es el de filtración de agua a través de gasa, de utilidad para la búsqueda de microorganismos en agua de mar, de pozos y en aguas estancadas.
Es responsabilidad de las Direcciones Territoriales de Salud, mientras dura la emergencia invernal que vive el país, coordinar con los diferentes sectores como las Corporaciones Autónomas Regionales y la Dirección General Marítima, DIMAR, la toma, procesamiento y posterior reporte de las diferentes muestras que sean necesarias para la determinación Vibrio Cholerae en las aguas de su jurisdicción que puedan afectar la salud individual o colectiva de la población colombiana.