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Ministerio de Salud y Protección Social

MinSalud considera necesario que el país cuente con una regulación sobre la eutanasia

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 MinSalud considera necesario que el país cuente con una regulación sobre la eutanasia

Ministerio de Salud y Protección Social > MinSalud considera necesario que el país cuente con una regulación sobre la eutanasia
12/10/2012
 
Boletín de Prensa No 326 de 2012

 

 
 

 

- Su necesidad radica en un exhorto de la Corte Constitucional emitido en mayo de 1997.

Bogotá, D.C., 12 de octubre de 2012.- Para dar cumplimiento a un exhorto de la Corte Constitucional, realizado en la sentencia C-239 del 20 de mayo de 1997, el Ministerio de Salud y Protección Social expresó la necesidad de regular  la eutanasia, mediante el trámite de una ley estatutaria.

De acuerdo con las consideraciones de la cartera de salud, se trata del cumplimiento de una decisión judicial adoptada por el máximo órgano de control constitucional que debe ser acatada. Esta norma reglamentaría un derecho fundamental, y, a través de esa vía legislativa, sería obligatorio un control previo por parte de la Corte Constitucional.

Esa Alta Corporación estableció, en la mencionada sentencia, los aspectos que deben ser objeto de regulación, a saber:

1. Verificación rigurosa, por personas competentes, de la situación real del paciente, de la enfermedad que padece, de la madurez de su juicio y de la voluntad inequívoca de morir.

2. Indicación clara de las personas o sujetos calificados que deben intervenir en el proceso.

3. Circunstancias bajo las cuales debe manifestar su consentimiento la persona que consiente en su muerte o solicita que se ponga término a su sufrimiento: forma como debe expresarlo, sujetos ante quienes debe expresarlo, verificación de su sano juicio por un profesional competente, etc.

4. Medidas que deben ser usadas por el sujeto calificado para obtener el resultado filantrópico.

5. Incorporación al proceso educativo de temas como el valor de la vida y su relación con la responsabilidad social, la libertad y la autonomía de la persona, de tal manera que la regulación penal aparezca como la última instancia en un proceso que puede converger en otras soluciones.

En casos de urgencia, el Alto Tribunal también encontró que en la reglamentación se debe dar prevalencia a la defensa de la vida y la integridad de la persona, decisión que debe ser tomada por el médico, sustituyendo el consentimiento del paciente.


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