Por la cual se establecen los requisitos de elegibilidad, los criterios de priorización y las condiciones para la asignación y transferencia de recursos de inversión del Ministerio de Salud y Protección Social a Empresas Sociales del Estado y Entidades Territoriales, destinados al fortalecimiento de acciones en salud mental, prevención y atención del consumo de sustancias psicoactivas, salud sexual y reproductiva, prevención de violencias de género y violencia sexual, dirigidas a pueblos indígenas y comunidades étnicas. |