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Listado IPS giro directo Resolución 1587 de 2016

​​​En cumplimiento del Artículo 4 de la Resolución 1587 de 2016, el Ministerio de la Protección Social publica el listado de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud con cuentas registradas para Giro directo desde la Nación y de aquellas en las que no fue procedente el registro.

Del mismo modo, el Ministerio recuerda que, en concordancia con el Artículo 3° de la Resolución 1587 de 2016,  aquellas  Instituciones que no hayan solicitado el registro de la cuenta pueden enviar la documentación completa y debidamente diligenciada a la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social de este Ministerio. 


*Para el caso de las Instituciones Prestadoras en las que no fue procedente el registro de las cuentas (Ver archivo IPS no registradas), se hace necesario que envíen nuevamente la documentación completa de acuerdo con lo establecido en el Artículo 2° y 3° de la Resolución 1587 de 2016 a la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social, Carrera 13 No 32-76.)

2017​


2016​

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