Ministerio de Salud y Protección Social

Inicio de sesión
Skip Navigation LinksMinisterio de Salud y Proteccion Social > Protección Social > Derechos y deberes de los trabajadores

Derechos y deberes de los trabajadores

El trabajador que sufra un accidente de trabajo o se le diagnostique una enfermedad laboral tiene derecho a la cobertura por parte de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) en el 100% de las siguientes prestaciones económicas y asistenciales:


Derechos de los trabajadores

  •  ​Atención inicial de urgencias en cualquier IPS en el evento de accidente de trabajo
  • Atención médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica prestada por la IPS donde está afiliado.
  • Servicio de hospitalización, odontología, diagnóstico, tratamiento y suministro de medicamentos.
  • Rehabilitación física y profesional.
  • Elaboración y reparación de prótesis y órtesis.
  • Gastos de traslado en condiciones normales y necesarias para la prestación de los anteriores servicios.
  • Subsidio por incapacidad temporal.
  • Indemnización por incapacidad permanente o parcial
  • Pensión de invalidez
  • Pensión de sobreviviente por la muerte del afiliado o pensionado
  • Auxilio funerario a quien sufraga los gastos de entierro de un afiliado o pensionado
  • A ser incorporado y/o reubicado una vez terminados sus procesos de recuperación y/o rehabilitación. 

Deberes de los trabajadoresProcurar el cuidado integral de su salud.

  • Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
  • Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por medio del Decreto 1295 de 1994.
  • Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de salud ocupacional de la empresa.
  • Participar en la prevención de riesgos profesionales a través de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional o Vigías Ocupacionales.
  • Los pensionados por invalidez con cargo al Sistema General de Riesgos Laborales deben mantener actualizadas la información en la ARL sobre su domicilio, teléfono y demás datos que sirvan  para efectuar visitas de reconocimiento.
  • Los pensionados por invalidez con cargo al Sistema General de Riesgos Laborales deben informar a la Administradora de Riesgos Laborales correspondiente el momento en el cual desaparezca o se modifique la causa por la cual se otorgó la pensión.  


Seleccione esta opción como atajo para volver a la parte superior de esta página.