En Colombia la Corte Constitucional reconoce que la interrupción voluntaria del embarazo es un derecho íntimamente ligado al derecho a la vida, a la salud, a la integridad, a la autodeterminación, intimidad y dignidad de las mujeres. La interrupción voluntaria del embarazo por las tres causales descritas en la sentencia C-355 de 2006, es un derecho fundamental de las mujeres que debe ser garantizado por el Sistema de Seguridad Social en Salud. Ésta además, pertenece a la esfera íntima o privada lo cual obliga a proteger la confidencialidad de las mujeres que la soliciten y a no ser sometida a una revictimización, discriminación, culpa o estigma.
"El aborto es una de las principales causas de morbilidad, discapacidad y mortalidad materna y a la vez, es la causa con una mayor posibilidad de ser intervenida"
El Ministerio de Salud y Protección Social, como ente regulador del Sistema de Seguridad Social en Salud, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, debe ejercer acciones para asegurar que todas las mujeres en el territorio nacional tengan un libre y efectivo ejercicio de sus derechos sexuales y derechos reproductivos, incluyendo el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en las causales establecidas.