Es el mecanismo aprobado por el artículo 9 de la Ley 1608 de 2013, para que las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) puedan mejorar su liquidez.
La operación de la compra de cartera se financia con recursos de la subcuenta de Garantías del Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA y el pago de la operación es realizado por las EPS y/o Cajas de Compensación.
Se debe radicar en los primeros diez (10) días calendario, de cada mes. Una IPS podrá radicar máximo dos solicitudes al año, con un plazo entre las radicaciones de 3 meses.
Adicionalmente a la suscripción del acta y los formatos de solicitud, tanto la IPS como la EPS o CCF, deben anexar como soporte
Para acceder a la compra de cartera, las IPS deben estar inscritas en el Registro Especial de Prestadoras de Servicios de Salud, encontrarse habilitadas para la prestación de servicios y además, según su naturaleza, contar con certificación de existencia y representación legal, expedida con antelación no mayor a 15 días a la presentación de la solicitud.
El Presupuesto de la subcuenta de Garantías para todo el año 2014 es de $428.000 millones. Sin embargo, las aprobaciones se hacen mensualmente sobre la base de los fondos que se encuentran disponibles en cada mes, que oscila entre $35.000 y $40.000 millones.
Los recursos de la compra de cartera los debe reintegrar al FOSYGA- Subcuenta de Garantías la EPS a la que corresponde la cartera objeto de la operación. Para el FOSYGA puede descontar directamente de los recursos que a cualquier título se reconozcan por el FOSYGA.
El reintegro del valor de la operación debe darse en un año con los correspondientes intereses.
Las que correspondan a prestación de servicios incluidos en el Plan de Beneficios, dando prelación a las de mayor antigüedad.
El Ministerio de Salud y Protección Social revisa y da respuesta sobre las solicitudes dentro del mismo mes de radicación.
Los trámites ante el FOSYGA no requieren intermediarios. La solicitud debe realizarse directamente por el prestador de servicios de salud ante la EPS y esta última es quien radica ante el Ministerio de Salud y Protección Social, sin intermediarios.
La asistencia técnica para quien la requiera o tenga alguna duda o pregunta sobre el trámite, se brinda de forma gratuita para el interesado, directamente desde el Ministerio de Salud y Protección Social – Dirección de Financiamiento Sectorial. PBX 3305000 Extensión 1600.